Como respuesta a la decisión de Colombia de prorrogar la vigencia de un arancel mixto a la importación de textiles y calzados, Panamá resolvió elevar las tarifas arancelarias de cuatro rubros a los topes máximos permitidos por las regulaciones internacionales.
El Consejo de Gabinete decretó, el pasado martes, aumentar los aranceles a la importación de flores, prendas de vestir, carbón mineral y cemento sin pulverizar.
El decreto tiene vigencia desde el 16 de agosto al 31 de diciembre de este año, y aplicará solo a países con los que Panamá no tiene un acuerdo comercial vigente.
Ayer, tras conocer que el Gobierno panameño modificará la Ley 58 de 2002, que contempla las medidas de retorsión que puede tomar Panamá en caso de que un Estado aplique acciones discriminatorias, la ministra de Comercio de Colombia, María Claudia Lacouture, defendió la extensión de la vigencia del arancel mixto hasta noviembre de 2016, al considerar que el objetivo de este es luchar contra el lavado de activos y el contrabando.
Empero, la Organización Mundial del Comercio catalogó la medida colombiana como “violatoria”.
UNA RELACIÓN EN RETORSIÓN
El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) planea presentar la próxima semana a la Asamblea Nacional el anteproyecto que modificará la Ley 58 de 2002, que contempla las medidas de retorsión que puede tomar el país en caso de que otros Estados apliquen acciones discriminatorias.
Para hacerlo, el MEF debe esperar a que la resolución del Consejo de Gabinete del pasado martes sea publicada en Gaceta Oficial.
La propuesta de Gabinete surge tres días después de que Colombia decidiera prorrogar por cuatro meses -hasta noviembre- un arancel mixto a la importación de calzados y textiles desde la Zona Libre de Colón (ZLC). Esto, a pesar de que la Organización Mundial del Comercio (OMC) ya falló dos veces en su contra, y catalogó la medida como “violatoria”.
En sus fallos, el organismo desechó los argumentos de Colombia de que el arancel mixto aspira a combatir el lavado de dinero y el contrabando. Sin embargo, la ministra de Comercio de Colombia, María Claudia Lacouture, insistió ayer a la revista Semana en que la medida lucha en efecto contra el comercio ilícito, y defendió la extensión de su vigencia.
Luis Gustavo Flórez, presidente de la Asociación Colombiana de Industriales del Calzado, el Cuero y sus Manufacturas, dijo a la edición digital del diario El Colombiano que las medidas que tomó su país no son “proteccionistas, porque la industria tiene con qué competir, pero puede hacerlo a precios competitivos y no con valores que están manchados por dineros irregulares”.
RECHAZO PANAMEÑO
Ante la postura de Colombia, el ministro de Comercio e Industrias, Augusto Arosemena, subrayó que el Gobierno panameño “rechaza firmemente” que se haya prorrogado la medida, y lamentó “que los esfuerzos que hicieron ambos países no pudieran lograr un acuerdo para desmantelar la medida”.
Recordó, además, que Panamá ha denunciado a Colombia ante la OMC en tres ocasiones (2006, 2007 y 2013), y que, a excepción de la primera vez, cuando ambos países lograron un acuerdo en el período de consultas, el istmo ganó las disputas: “En todas las ocasiones Colombia ha presentado medidas dilatorias para acatar el fallo”.
Y el escenario que plantea Arosemena se repite en esta ocasión. Por ello, el Consejo de Gabinete aprobó por decreto incrementar los aranceles a sus topes máximos permitidos a la importación de cuatro rubros: flores (de 15% a 30%); prendas de vestir (10-15% a 30%); hulla bituminosa -mineral similar al carbón- (de 0% a 15%) y cemento sin pulverizar (de 0% a 30%).
Estas tarifas estarán vigentes desde el 16 de agosto al 31 de diciembre de 2016, y solo aplicarán a los países con los que Panamá no tiene un acuerdo comercial vigente.
En este sentido, aclaró que el decreto no impactará a los empresarios de la ZLC, pues los productos que ingresan allí y se reexportan están exentos de impuestos de importación y exportación.
'YA NO NOS SENTIMOS SOLOS'
Justamente los empresarios de la ZLC son los que han sufrido los efectos de la medida colombiana. Cifras estimadas advierten de que el impacto desde 2013 hasta la fecha es de aproximadamente $300 millones.
Ante las resoluciones del Consejo de Gabinete, la Asociación de Usuarios de la ZLC celebró ayer la decisión del Gobierno de modificar la Ley 58, pero reconoce que preocupa el tiempo que podría demorar el proceso de aprobación en la Asamblea Nacional.
En este sentido, respaldan la decisión del Consejo de Gabinete de incrementar por decreto los aranceles mencionados. “Ya no nos sentimos solos, y vemos con buenos ojos que el Gobierno se está levantando contra Colombia para defender los intereses del país”, dijo la presidenta del gremio, Usha Mayani. “El decreto es más inmediato e importante, porque mientras lo otro se da, esto demuestra que Panamá se puede defender. Es un importante primer paso y aplaudimos tremendamente al Gobierno”, agregó.
APOYAN MODIFICACIÓN
El exministro de Comercio, y actual diputado de Cambio Democrático, Raúl Hernández dijo estar de acuerdo con que se reforme la ley que contempla medidas de retorsión. “Es inaceptable que el Gobierno de Colombia se esté burlando de Panamá de la forma como lo está haciendo. Cuando fui ministro, ellos querían que nosotros le diéramos toda la información de la Zona Libre de Colón, incluyendo quiénes eran los clientes, los suplidores, y todas las facturaciones que se hacían. Esto era entrometerse en los asuntos internos de nuestro país”, contó.
Por su parte, el expresidente de la Asociación Panameña de Ejecutivos de Empresa (Apede) Roberto Troncoso mencionó que la actual ley que contempla la retorsión “es pura retórica y no tiene ningún contenido”.
(Con información de Eduardo Mendoza)
Un vistazo a la ley de retorsión panameña
La Ley 58 de 2002 es la que establece la potestad de retorsión en caso de medidas discriminatorias extranjeras contra la República de Panamá. Esta norma es el único mecanismo legal que le permite al Gobierno panameño responder a gobiernos extranjeros por sus prácticas discriminatorias contra nuestro país. Según Cabanellas, la retorsión es: “Represalia o devolución de un daño similar”. La ley panameña, con apenas siete artículos, establece que se debe elaborar una lista de países que discriminan con sus prácticas o regulaciones a los intereses de Panamá. Esta lista será confeccionada conjuntamente por los ministerios de Economía y Finanzas, Comercio e Industrias y Relaciones Exteriores. La ley obliga al Estado panameño a realizar un periodo de consultas con el Gobierno del país discriminador por seis meses, luego de los cuales se podrán aplicar las medidas retaliatorias. Es precisamente en este último aspecto, en el cual la ley se manifiesta como sumamente blanda, al restringir la retorsión únicamente a la prohibición de que personas naturales o jurídicas del país sancionado puedan realizar contratos o participar de procesos de compras del Estado panameño, incluyendo a la Autoridad del Canal de Panamá y a los municipios. En el caso que nos ocupa, en la práctica esto significaría que ninguna empresa colombiana, o con accionistas minoritarios de dicho país que superen el 10% de la propiedad de la empresa, podría construir carreteras, proveer de cemento, financiar proyectos, generar fianzas o seguros, o realizar en forma alguna un servicio, proveer un producto, o administrar una concesión de alguna entidad del Estado panameño. Tal como existen estas medidas de retorsión, se podría afectar la mano de obra panameña y las inversiones locales. Aunque la norma no permita hacer gran cosa, el Gobierno Nacional puede tomar medidas arancelarias contra las importaciones del café colombiano, y las flores o textiles de dicho país. Incluso, podría someterse a revisión el Tratado de Montería de 1979, por el cual la marina de guerra colombiana recuperaba la exoneración que la liberaba de pagar peaje por cruzar el Canal de Panamá.