OCDE descalifica a Panamá, pero celebra los avances

OCDE descalifica a Panamá, pero celebra los avances


Panamá no cumplió satisfactoriamente la evaluación que hizo el Foro Global sobre Transparencia e Intercambio de Información Tributaria de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), pero el organismo reconoció la serie de medidas que adoptó el país desde que se inició la revisión en diciembre de 2015 para hacerle frente a las deficiencias encontradas.

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Panamá no supera revisión de prácticas pasadas de la OCDE, pero felicitan al país por avancesPanamá y la OCDE firman acuerdoPascal Saint-Amans de la OCDE habla sobre Panamá

El informe, divulgado en Georgia, incluyó la evaluación de la fase II para medir la capacidad efectiva del país para cumplir con el intercambio de información tributaria bajo previa petición.

“En general, se puede decir que Panamá tomó una serie de medidas para abordar las preocupaciones reflejadas en este informe”, dijo Pascal Saint-Amans, director del Centro de Política y Administración Tributaria de la OCDE. Ahora, Panamá debe pasar otra revisión antes de julio de 2017.

Fase uno

El Foro Global sobre Transparencia e Intercambio de Información Tributaria de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), del que Panamá forma parte desde 2009, publicó ayer los resultados sobre la evaluación de la efectiva práctica de los intercambios de información fiscales con base en los estándares internacionales en el país, desde el 1 de julio de 2012 hasta el 30 de junio de 2015.

En octubre del año pasado Panamá pasó la fase I de la revisión paritaria del foro global. Esta fase tenía por objeto verificar que el marco regulatorio panameño cumpliera con las expectativas mínimas del foro global en cuanto a transparencia e intercambio de información.

La actual revisión –fase II- evaluó la capacidad efectiva del país para cumplir con las obligaciones que adquirió, es decir, el nivel de compromiso de Panamá con el intercambio de información tributaria bajo previa petición por parte de una autoridad competente.

Las conclusiones -que tienen carácter retroactivo- fueron presentadas en rueda de prensa en la reunión plenaria del organismo en Tiflis, Georgia, un pequeño país ubicado en el cruce entre Europa y Asia.

El informe, de 158 páginas, expresa una calificación que va desde cumplidor, parcialmente cumplidor, mayormente cumplidor e insatisfactoriamente cumplidor en temas centrales de la transparencia fiscal como la disponibilidad de la información, el acceso que la autoridad tributaria tiene a esa información y la entrega de datos fiscales requeridos.

“En vista de las calificaciones de cada uno de los elementos esenciales tomados en cuenta, la calificación general para Panamá es: no cumple satisfactoriamente”, se lee en el sumario ejecutivo verificado por el equipo revisor, formado por 30 países.

Si bien es cierto que la calificación global es negativa, la evaluación realizada dibuja una realidad pasada, ya que excluye los últimos avances adoptados por Panamá, tanto a nivel político como técnico, para revertir las fallas del sistema que impedían de facto la adecuada transparencia fiscal basada en las recomendaciones de la OCDE.

Deficiencias vistas entre 2012 a 2015

El Foro Global detectó básicamente 5 deficiencias de la puesta en práctica del intercambio de información fiscal en Panamá: la incapacidad del país para compartir información contable sobre las entidades panameñas que no tuvieran operaciones locales; la existencia de más de 486 mil sociedades y unas 17 mil fundaciones inactivas, que no tenían contacto con su agente residente ni habían pagado sus tasas anuales, pero que estaban vigentes; la falta de acceso de las autoridades tributarias a la información fiscal; la necesidad de ampliar la red de convenios para el intercambio de información y el poco tiempo de vigencia de algunas leyes fundamentales que no permitía medir su eficacia.

Esta última se refiere a que Panamá promulgó en 2015 -tres meses antes de que terminara el proceso de revisión del Foro Global- una nueva legislación para fortalecer su marco de lucha contra el lavado de dinero que ayudaba a garantizar la disponibilidad de la información sobre la identidad y el beneficiario final de empresas y fundaciones, pero se quedó fuera del examen.

Avances

El Foro Global aconsejó a Panamá que modificara sus leyes y prácticas para solventar estas irregularidades. Para hacer frente a esta problemática que ponía en riesgo el sistema financiero del país, el gobierno de Juan Carlos Varela aprobó dos leyes, ratificadas por la Asamblea Nacional el pasado viernes 28 de octubre, que regularon temas centrales para cumplir con los estándares de transparencia. Entre ellos, la obligación de mantener registros contables para las sociedades que no tienen operaciones locales o la creación de un sistema de suspensión de derechos corporativos para aquellas sociedades que mantengan morosidad de sus obligaciones con el Estado.

“Desde que se inició la revisión en diciembre de 2015, Panamá comenzó a limpiar y tomó una serie de medidas para hacer frente a las deficiencias enumeradas en el informe. Estos cambios incluyen enmiendas a su legislación interna para mantener registros contables y documentación subyacente de las entidades panameñas que no realizan actividades en Panamá (empresas offshore)”, destacó a este respecto el director del Centro de Política y Administración Tributaria de la OCDE, Pascal Saint-Amans.

“En general, se puede decir que Panamá tomó una serie de medidas para abordar las preocupaciones reflejadas en este informe”, dijo.

La Ley 18 del 23 de abril de 2015 introdujo un periodo de transición de tres años para que las empresas con acciones ya emitidas al portador las entregaran a un custodio autorizado. Con la medida se aspira a conocer en todo momento quién es el beneficiario final de las acciones de una sociedad, quedando registrados los movimientos de estas. El Gobierno también aprobó una ley para prevenir el blanqueo de capitales, el financiamiento del terrorismo y la proliferación de armas de destrucción masiva.

La Ley 52/2016 trata de solventar fallos en el sistema panameño relativos a la incapacidad del país en el dar información contable sobre las entidades panameñas que no tuvieran operaciones locales.

En cuanto a la inactivación de sociedades, se presume que toda sociedad que ha dejado de pagar sus tasas ha perdido contacto con su agente residente y que por tanto el agente residente no tiene capacidad ni de hacerle ‘due diligence’ a la sociedad (la investigación de una empresa o persona previa a la firma de un contrato o una ley), ni requerirle información de ser solicitada por la autoridad competente. Por ello, lo que busca es que a la sociedad con tres años de morosidad con el Estado se le suspendan sus derechos corporativos.

“La reducción del periodo de 10 años a 5 años tendrá un efecto significativo en el número de empresas inactivas. Además, la efectiva disolución de estas empresas impedirá que las entidades hagan negocios sucios en Panamá. Es importante que Panamá haga un monitoreo ahora que estas compañías están realmente liquidadas. Este puede ser un desafío importante, dado el gran número de empresas que actualmente están inactivas por más de cinco años”, subrayó el alto cargo de la OCDE.

La Ley 51/2016 otorga mayor poder de acceso a la información fiscal a la autoridad tributaria y se imponen sanciones más estrictas para las personas jurídicas que no colaboren.

“Con vistas al futuro, será importante que Panamá demuestre en la práctica que obtendrá la información fiscal de las entidades offshore donde sea necesario. Pero sobre el papel, Panamá ya tiene los poderes y las sanciones para hacerlo ahora”, señaló Pascal Saint-Amans.

La OCDE también hizo referencia a la aprobación de una legislación primaria para poder implementar en la práctica el intercambio automático de información a partir de 2018, basado en acuerdos bilaterales.

“En octubre de 2016, la Asamblea Nacional de Panamá promulgó legislación primaria para la implementación del intercambio automático de información a partir de 2018. Esta legislación establece la obligación de las instituciones financieras de recopilar información de la contabilidad financiera y de informar a las autoridades fiscales. Además, Panamá debe asegurarse de que sus instituciones financieras revisen, identifiquen y reporten la información relevante de acuerdo con la Norma Común de Información”, reseñó el director de políticas fiscales de la OCDE.

La firma de la Convención sobre Asistencia Administrativa Mutua en Materia Fiscal (conocida por sus siglas en inglés como MAC) completa el ciclo de medidas con las que Panamá se compromete con los estándares internacionales.

Todo ello será evaluado nuevamente por el grupo revisor antes de julio de 2017. En este nuevo examen denominado fast track (vía rápida), se incluirá la legislación actual y las nuevas prácticas para cumplir con los estándares internacionales en materia de transparencia y cooperación fiscal, que entraron en vigencia a partir de 2015.

 

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