La Autoridad de los Recursos Acuáticos de Panamá (ARAP) informó que el segundo período de veda del camarón 2025 comenzará a las 12:01 a.m. del 1 de septiembre y se extenderá hasta las 12:00 medianoche del 11 de octubre.
Durante este tiempo, queda prohibida la captura de camarones marinos de cualquier especie en todo el territorio nacional, conforme a lo establecido en el Decreto Ejecutivo No. 158 del 31 de diciembre de 2003.
Según la ARAP, todos los establecimientos comerciales, centros de acopio, plantas procesadoras, fincas de cultivo, comercializadores e intermediarios, así como personas naturales o jurídicas que trabajen con camarón, deberán obtener un Certificado de Inspección Ocular (CIO) para la venta, posesión, comercialización o almacenamiento del producto durante el período de veda.
La primera veda del camarón en el país fue del 1 de febrero al 11 de abril.

Los interesados deberán presentar la solicitud en la sede principal de la ARAP, ubicada en el Edificio La Riviera, Avenida Justo Arosemena y Calle 45, Bella Vista, o en las direcciones regionales correspondientes. También pueden enviar la información solicitada de manera digital a la oficina regional más cercana.
El objetivo de esta medida es permitir la reproducción de la especie y garantizar la sostenibilidad de este recurso pesquero.
La ARAP advirtió que realizará operativos de vigilancia e inspección en coordinación con otras instituciones para asegurar el cumplimiento de la normativa.


