Titular derechos posesorios en Panamá siempre ha sido tarea titánica. Es un proceso complejo, costoso e interminable. En fin, una tarea poco menos que imposible.
Sin embargo, eso parece haber cambiado –aunque no para todos– al llegar Alejandro Castillero a la Autoridad Nacional de Administración de Tierras (Anati) y, más específicamente, con la autorización que este le otorgó –el 7 de diciembre de 2010– a la hoy exdirectora de Titulación de esa institución Anabelle Villamonte para proceder a titular.
Desde ese momento, y con las nuevas reglas establecidas en la Ley 59 de 2010 que creó la Anati, Villamonte comenzó a titular de forma prioritaria las tierras que reclamaron doce sociedades anónimas y dos particulares. Los privilegiados solicitantes lograron obtener gratuitamente 54 hectáreas en las playas de Juan Hombrón, una comunidad costera a poca distancia de Río Hato, en la provincia de Coclé.
A diferencia de los abundantes casos de personas que llevan hasta 15 años tratando de titular derechos posesorios sobre pequeños terrenos, Villamonte adjudicó en menos de seis meses decenas de miles de metros de tierra a sociedades anónimas, cuyos verdaderos dueños se desconocen. Tan rápido fue ese proceso, que las resoluciones de adjudicación prácticamente tenían numeración consecutiva. (Ver cuadro “Las fincas y sus abogados”).
El método
Alrededor de 50 personas, supuestamente lugareños y pescadores de Juan Hombrón y sus alrededores, acordaron –sin una sola negativa– vender sus derechos posesorios sobre lotes paralelos y consecutivos hasta completar un globo ininterrumpido de parcelas de 54.3 hectáreas, que adquirieron doce sociedades y dos particulares. Ningún lote tenía una extensión mayor de cinco hectáreas –al menos eso decían las resoluciones de adjudicación–, lo que, según la ley, permite reclamarlas gratis al Estado.
Todo esto se permitió a pesar de que el artículo 5 de la Ley 80 de 2009 –que regula la titulación de derechos posesorios en islas y costas– expresamente prohíbe “el fraccionamiento de las parcelas de terreno para beneficiarse indebidamente de los títulos gratuitos”.
Probar que las personas que alegaban tener los derechos posesorios de las tierras eran sus auténticos dueños, fue cosa fácil: los compradores solo tuvieron que presentar testimonios de personas que daban fe de su ocupación. Y salvo dos certificaciones de la corregiduría de Antón en el caso de los procesos de las dos personas naturales, no se exigió ninguna otra prueba.
Eso, a pesar de que el artículo 3 de la citada Ley 80 establece varios requisitos para reconocer los derechos posesorios. A saber: haber ejercido el dominio material de la tierra solicitada, con ánimo de dueño, y de manera pacífica, ininterrumpidamente y por un período mayor de cinco años.
Además, la legislación vigente exige que la posesión se demuestre mediante el uso habitacional, residencial, turístico, agropecuario, comercial o productivo de la tierra o a través de actos demostrativos de dominio material, documentos emitidos por autoridades nacionales, autoridades locales de policía, testigos de la comunidad o por sus colindantes.
A pesar de la variedad de fórmulas para probar el derecho, solo se presentaron testimonios.
¿Cómo se explica la rapidez para otorgar los títulos de propiedad o que no se pidieran más pruebas de la efectiva posesión material de la tierra?
Quizá la respuesta sea que la exdirectora de Titulación de la Anati Anabelle Villamonte fue la abogada que empezó los trámites de titulación de las doce sociedades. (Ver cuadro “Los trámites de Anabelle Villamonte”).
Y aunque renunció, tanto a los cargos en las sociedades como a los poderes para tramitar los procesos que adelantaba en Catastro, los hechos demuestran que el plan de titulación de la tierra en Juan Hombrón siguió su curso a través de familiares y gente del íntimo entorno de Villamonte. Así, las recién llegadas solicitudes pasaron a encabezar la interminable lista de peticiones que tratan de legalizar derechos posesorios.
Para titular las tierras, Villamonte siguió un patrón definido, fuera y dentro de Catastro y/o Anati. Primero se crearon las sociedades, lo que ocurrió entre el 30 de julio de 2009 y el 26 de mayo de 2010. Y solo tres o cuatro meses después, pedían titular sus derechos posesorios.
Este trámite supuso reunir a unos 50 lugareños que alegaban ser los legítimos dueños de derechos posesorios de parcelas de diversos tamaños; convencerlos de vender; acordar un precio por sus supuestos derechos; elegir a los abogados que los representarían, hacer el papeleo en notarías y otras oficinas gubernamentales, y pagarles.
Los supuestos vendedores eran agrupados de tal forma que la suma de sus lotes resultara en parcelas que en ningún caso excedieran el límite de las cinco hectáreas que impone la ley para poder obtener los terrenos en forma gratuita.
Así nacen doce lotes –que se sumarían a los dos correspondientes a dos personas que también vendieron sus derechos posesorios para un total de catorce lotes– de distintos tamaños que, además, tienen en común que uno está al lado del otro –y con frente de mar– para alcanzar las 54.3 hectáreas.
Testigos y dueños
En el proceso de crear las fincas, los que se decían dueños de derechos posesorios de una parcela eran, al mismo tiempo, testigos de supuestos paisanos que alegaban la posesión sobre lotes vecinos.
Así, un importante grupo testificaba recíprocamente que era residente del lugar y dueño de los lotes que estaba vendiendo y que, según ellos, llevaba ocupándolos por más de cinco años, con ánimo de dueño, de manera pacífica e ininterrumpida.
Uno de estos casos es el de las sociedades Bancro Holding Corp. y Renemont View Inc. Así, Francisco Quijada Pérez traspasa su derecho posesorio a Bancro Holding, y Rómulo Gaona atestigua la posesión de la tierra de Qui-jada Pérez. Luego, Gaona vende a Renemont View y Quijada Pérez atestigua a favor de Gaona.
Para verificar la residencia de las personas que se mencionan en las resoluciones de adjudicación como dueños de derechos posesorios y de sus testigos, este diario corrió sus nombres en el padrón electoral final de 2004 (que utilizó el Tribunal Electoral para determinar la residencia permanente de los votantes).
Al tratarse de lugareños y pescadores del área que alegaban tener por más de cinco años la tenencia ininterrumpida de la tierra con ánimo de dueño, como se asegura, se esperaría que estuvieran registrados en el citado documento. No fue así.
La mayoría de ellos no figura en esa base de datos del Tribunal Electoral. Al menos, no vivían ese año en Juan Hombrón.
Tal es el caso, por ejemplo, de los tenedores de los derechos posesorios traspasados a Vista del Norte, S.A. o a Cerpell Compañía de Inversiones. O los casos de José Fernández Loo –beneficiado con un lote a título personal en Juan Hombrón– quien citó como testigo de la tenencia de su tierra a Osvaldo Salazar y a su vecino colindante José Gutiérrez. Pero ninguno de los tres aparecía en el padrón electoral de Juan Hombrón. O el caso de Properties Group, en el que ninguno de los 11 supuestos lugareños aparecen en el padrón electoral de 2004 como residentes de Juan Hombrón.
Aun así, todos fueron a las notarías a rendir un testimonio que riñe con la información del Tribunal Electoral. Y, de hecho, no es la única irregularidad. Cuando este diario consultó los números de cédula de vendedores y testigos en el Sistema de Verificación de Identidad del Tribunal Electoral, saltaron más sorpresas. Muchos de los nombres citados en las resoluciones de adjudicación de las tierras no coinciden con los números de cédula que tienen estos en la base de datos citada.
Es el caso de Vista del Norte, en la que se menciona a Mabel Inés Yau con un número de cédula que corresponde a otra persona. También está Sergio Ramos Concepción en esta misma sociedad, cuya cédula corresponde a la de Eric Aguilar que, curiosamente, es el presidente de la sociedad Vista del Norte.
En Renemont View se menciona a Rómulo Antonio Gaona con un número de cédula que no le corresponde y en Complete Properties aparece Carlos Domínguez con la cédula de Stephanie Yau; mientras que en Q & P Investment, Alexandra Fara Monterrey e Idalvis Esther Yau tienen el mismo número de cédula, pero nadie notó todos estos errores. (Ver cuadro “Inconsistencias encontradas en las resoluciones”).
Los juramentos que hicieron testigos y dueños de derechos posesorios en las notarías contrastan con la realidad hallada en la zona, luego de tres visitas que este medio realizó a Juan Hombrón.
Dado que los vendedores de los lotes alegaron estar en posesión de las tierras por un período mayor de cinco años, con ánimo de dueño, de manera pacífica e ininterrumpida, es de esperarse ver casas o huertos o alguna estructura que probara tal posesión.
Pero las únicas pruebas visibles de ocupación en la zona son una larga cerca de púas recién construida sobre la playa –que curiosamente, no parece demarcar un lote, sino varios–; letreros que advierten que es propiedad privada, y una que otra ranchería, hecha con materiales desechados.
Manglar ignorado
Otro hecho resaltó en las visitas de este diario a Juan Hombrón: la existencia de abundante mangle, que parece haber pasado desapercibido por los funcionarios que hicieron las inspecciones in situ previas a la aprobación de la solicitud, y que niegan expresa y sistemáticamente cada una de las resoluciones de adjudicación de las tierras.
La existencia del mangle –que en efecto se menciona en los contratos de cesiones de derechos posesorios cuyas copias tuvo acceso este diario y una certificación emitida por la corregiduría de Antón– debió haber impedido la adjudicación aprobada por Anabelle Villamonte, ya que el artículo 10 de la Ley 80 –que regula el procedimiento para titular derechos posesorios en costas e islas– señala expresamente que “las zonas de manglares no serán objeto de titulación”.
En todos los casos, las inspecciones de los lotes y el levantamiento y revisión de los planos fueron ejecutados con rapidez pasmosa. Y mucho más asombroso era el tiempo que tardaba Villamonte en firmar las resoluciones de adjudicación; ningún caso alcanza los seis meses, entre la fecha de la solicitud y la de adjudicación.
Pero los propietarios de las tierras no se quedaron ni cuatro meses con ellas. Nueve de ellos “vendieron” a casi el mismo precio que determinó Villamonte, según la tabla de valores de la citada Ley 80: $3.60 el metro cuadrado, cuando en la zona se cotiza hasta 70 veces más ese precio. La venta se consumó con la misma rapidez: comenzaron el 26 de abril pasado y para el 27 de junio ya se habían perfeccionado.
¿Y quiénes compraron? Ni una sola de las ventas se realizó a una persona natural, todas fueron a dar una vez más, a precio de remate, a sociedades que, con excepción de dos, habían sido creadas entre los meses de enero y mayo de 2011.
Y hasta aquí, nadie sabe aún quién o quiénes están detrás de la compra y venta de la tierra en Juan Hombrón, salvo los involucrados, entre ellos, la exdirectora de Titulación de la Anati Anabelle Villamonte.
(Con información de Lina Vega Abad y Santiago Cumbrera).
La ley que regula la titulación de derechos posesorios en islas y costas permite que sociedades anónimas puedan solicitar tierras a la Nación, como poseedores originarios o derivados.
Eso explica que una de las sociedades beneficiadas con tierras gratis en Juan Hombrón, Properties Group., haya obtenido 1.3 hectárea gratuita como “poseedor originario”. Es decir, esta sociedad anónima pudo probarle a la exdirectora de Catastro Anabelle Villamonte el dominio material “pacífico e ininterrumpido” por más de cinco años de la tierra que obtuvo gratuitamente. Sin embargo, Properties Group solo contaba con nueve meses de vida jurídica cuando Villamonte le cedió la tierra.
Esta sociedad también destaca del resto porque nadie advirtió la repetición de cédulas entre dos de los supuestos dueños de los derechos posesorios; varias cédulas no corresponden a los nombres de los propietarios y todos los lotes de sus supuestos dueños originarios más su propia tierra exceden las cinco hectáreas que la ley permite titular de forma gratuita.
Algo similar ocurrió con la sociedad Q y P Investment. De las 4.2 hectáreas de tierra cedidas gratuitamente a la sociedad, 2.5 hectáreas eran “derechos posesorios originarios”; es decir, que mantuvo la posesión de la tierra por un tiempo no menor de cinco años. Sin embargo, la sociedad fue inscrita el 16 de abril de 2010, lo que significa que cuando recibió la tierra solo contaba con 11 meses de vida jurídica.
Ereida Prieto-Barreiro
Pese a los intentos por esconder los detalles de la adjudicación de tierras en Juan Hombrón, es evidente que el eje central para lograr la titulación de consecutivas parcelas en estas playas fue la exdirectora de Titulación Anabelle Villamonte.
La primera adjudicación que firmó Villamonte en Juan Hombrón fue el 16 de diciembre de 2010, nueve días después de recibir autorización del director de la Anati para titular las tierras. Fue una cesión gratuita de 4.5 hectáreas a la sociedad Silo Enterprises.
Una joven chorrerana de 24 años –Sue Helen Scott Lam– era su presidenta, mientras que la firma Ellis & Ellis, su agente residente. Ni Scott Lam ni los abogados de la citada firma aceptaron hablar con este diario.
Dos meses antes de ser autorizada para aprobar los títulos de propiedad, Villamonte había actuado como abogada de Silo Enterprises. En esta condición hizo entrega de la certificación de fijado y desfijado de edicto que otorgó la corregiduría de El Chirú (Antón) como parte del proceso de titulación. (Ver facsímiles).
En este proceso también participó Carlos Morales Murgas –primo de Villamonte– quien actuó como “apoderado especial”.
La participación de Villamonte y su primo en estos trámites quizás explique la rapidez de esta titulación: los planos se aprobaron en octubre de 2010, y la cesión de la tierra, el 16 de diciembre de 2010.
Un dato curioso. Según la adjudicación a Silo Enterprises, su finca colinda con otra perteneciente a tres personas, entre ellas, la propia Anabelle Villamonte.
En la inscripción de la finca de Silo Enterprises en el Registro Público también aparece un abogado que tramitó a nombre de las 12 sociedades: Marcelino Ramos Madrid, quien se negó a cruzar una palabra con este diario.
Silo Enterprises vendió su finca solo cuatro meses después de recibirla –en abril de 2011– a la sociedad Trapp Real State Corp., por $164 mil, casi el mismo valor que le dio Villamonte. Trapp fue creada dos meses antes por los esposos Luis Alberto Fonseca López y Joavana Robles de Fonseca, quienes aparecen en, al menos, tres sociedades que solicitaron títulos de propiedad gratuitos en el área. Los esposos Fonseca Robles no quisieron hablar con este diario.
Tras la venta, Silo Enterprises, en una reunión extraordinaria de accionistas de mayo de 2011, se disolvió. El motivo: “haber cesado el objeto de su constitución”.
Sue Helen Scott Lam –la que fue presidenta de Silo Enterprises– apareció en otra sociedad que obtuvo terrenos en Juan Hombrón: Granulados, S.A., sociedad que también fue creada por la firma Ellis & Ellis en agosto de 2010. Dos meses después, Granulados comenzó el trámite para titular en Juan Hombrón, y en marzo de 2011 recibió gratis de Villamonte una parcela de 1.6 hectárea.
¿Por qué tanta rapidez? La respuesta podría ser Villamonte. En octubre de 2010, cuando Granulados solicitó la titulación de la parcela, Villamonte había presentado la petición de adjudicación del terreno, para lo que aportó un poder de la junta de accionistas de dicha sociedad.
El 14 de marzo de 2011, junto a la de Granulados, Villamonte firmó otras cinco resoluciones de adjudicación de tierras a sociedades en Juan Hombrón.
Villamonte dio prioridad a otra titulación en esa zona: Complete Properties Inc., creada en mayo de 2010. En solo meses, Villamonte le traspasó de forma gratuita 4.7 hectáreas de tierra frente al mar en Juan Hombrón.
Y como el resto de las otras 11 sociedades, Complete Properties no era ajena a Villamonte: ella fue su agente residente y sus padres –Ordonel Villamonte y Ana Elida Murgas Ábrego– fueron parte de su directiva. Según el documento de adjudicación, el trámite de Complete Properties empezó el 12 de octubre de 2010, cuando Villamonte era su presidenta, secretaria y agente residente.
El 26 de noviembre de 2010 –estando ya al frente de la Dirección de Catastro–, Villamonte presentó su renuncia a los cargos en la sociedad. Lo mismo hicieron sus padres.
En la resolución de adjudicación a Complete Properties, omite mencionar si se entregó la certificación de tenencia de acciones nominativas de la sociedad, como lo ordena la Ley 80.
¿Cómo Anabelle Villamonte –una abogada que tramitaba solicitudes de titulación de derechos posesorios– llegó a dirigir, con solo dos años de haber recibido su idoneidad como abogada, la Dirección de Titulación de la Anati? ¿Cuáles son los antecedentes que le permitieron obtener cargo tan importante en el Gobierno?
Por el momento, guarda silencio. Villamonte se había comprometido a recibir a este diario el martes 11 de octubre, pero canceló la cita abruptamente.
EREIDA PRIETO-BARREIRO