Como una propuesta que “vulnera abiertamente el derecho a la libertad de expresión y genera condiciones que hacen prácticamente imposible el ejercicio del periodismo”, calificó Catalina Botero, ex relatora especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de los Derechos Humanos, un anteproyecto que obligará a los portales de internet a borrar los datos de cualquier ciudadano de forma “inmediata y completa”, si la persona considera que esa información afecta su intimidad.
La iniciativa, presentada a la Asamblea Nacional por el diputado panameñista Melitón Arrocha, trae a Panamá el denominado “derecho al olvido”, disposición que ha desatado controversias en Europa porque limita el acceso a la información, entre otros aspectos.
“Afectaría no solo el derecho a la libertad de expresión, sino el derecho a la memoria, el derecho de acceso al conocimiento, el derecho a la cultura, la posibilidad de ejercer el derecho a exigir cuentas y a participar de manera informada en los asuntos públicos. En fin, el impacto de esta decisión es de enorme gravedad”, sustenta Botero.
La propuesta permite a la Autoridad Nacional de los Servicios Públicos imponer multas de hasta $10 mil si no se cumple con la norma.
Arrocha dice que no pretende demonizar las redes sociales ni complicar la vida a las empresas que almacenan datos personales.
“El objetivo de este proyecto es resguardar eficazmente el derecho que tiene toda persona a guardar celo de sus datos y elementos personales”, añade.
CONTROVERTIDO 'DERECHO AL OLVIDO'
Surge en Panamá el debate por el denominado “derecho al olvido”, una iniciativa que ha generado largas disputas en Europa y en países de América Latina como Colombia y Argentina. No es para menos, en medio de todo está un derecho fundamental: el de la libertad de expresión.
El tema lo aborda un anteproyecto de ley que llegó al pleno de la Asamblea Nacional la pasada semana de la mano de Melitón Arrocha, diputado del oficialista Partido Panameñista.
El artículo 1 de la mencionada iniciativa legislativa le permite a los usuarios de internet, por ejemplo, exigir que se elimine o limite el acceso a las publicaciones personales que según su criterio menoscaben su derecho a la intimidad, al honor y a la imagen.
La norma se aplicaría, según lo dispone el artículo 3, a las publicaciones almacenadas por proveedores establecidos en Panamá, o en el extranjero.
¿QUIÉNES SON LOS PROVEEDORES?
La propuesta define cinco categorías. Menciona, por ejemplo, a los que desarrollan el acceso, alojamiento y enlace de los contenidos de internet; a los autores y editores que suministran la información; y a los que prestan sus servidores para el alojamiento de páginas web. “El uso de esta herramienta [internet] conlleva el cuestionamiento de un sin número de derechos largamente reconocidos por la generalidad de las legislaciones del globo, como lo es el derecho a la privacidad y a la rectificación, derecho consagrado en nuestra Constitución en el artículo 42, y que claramente con el surgimiento de las nuevas tecnologías, tal derecho se ha visto disminuido en perjuicio directo de las personas”, asegura Arrocha en la exposición de motivos de su propuesta.
“La legislación obligará a los portales de internet a borrar los datos de la persona, de forma inmediata y completa, si esta lo reclama de forma explícita (...)”, añade.
La solicitud para pedir que se quite la información deberá interponerse ante la Autoridad Nacional de los Servicios Públicos (ASEP), si el proveedor se niega, la ASEP podrá imponer una multa de hasta $10 mil.
De acuerdo con la propuesta de Arrocha, podrá hacer uso de la norma “toda persona natural o jurídica que sufra un perjuicio irreparable e inminente, debido a una publicación actual y que no sea de interés público, cargada a internet por sí mismo, como por terceros”.
VIOLACIONES
Sin embargo, Catalina Botero Marino, ex relatora especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de los Derechos Humanos (CIDH), de la Organización de Estados Americanos, asegura que el anteproyecto “vulnera abiertamente el derecho a la libertad de expresión y genera condiciones que hacen prácticamente imposible el ejercicio del periodismo”.
Sustenta también que parte del argumento del diputado, relacionado con que con las nuevas tecnologías el derecho a la rectificación carece de efectos reales, “es falsa”. Y lo explica de la siguiente manera: “Si bien con las nuevas tecnologías las noticias permanecen en línea, también es cierto que se han adecuado múltiples remedios, como por ejemplo la actualización de la noticia en los portales electrónicos para lograr el impacto que tenía la rectificación en medios analógicos. En otras palabras, frente a los nuevos desafíos existen nuevos remedios (...)”.
En lo que tiene que ver con la obligación que tienen los portales de internet de borrar los datos de la persona, de “forma inmediata y completa”, Botero explica que “es un muy fuerte incentivo” para que los proveedores de contenido o intermediarios, incluyendo los medios de comunicación, se autocensuren antes de someterse a un proceso o a una sanción judicial.
“Esto afectaría no solo el derecho a la libertad de expresión, sino el derecho a la memoria, el derecho de acceso al conocimiento, el derecho a la cultura, la posibilidad de ejercer el derecho a exigir cuentas y a participar de manera informada en los asuntos públicos, en fin, el impacto de esta decisión
es de enorme gravedad”, sentencia.
No termina ahí, la abogada, especialista en derecho constitucional y derecho internacional, explica también que con esta ley desaparecerían el periodismo, los libros de historia, las biografías y hasta el arte y la literatura, cuando alguien se sienta aludido o considere que afecta su imagen. “No sería posible la crítica política, el periodismo de investigación o las discusiones públicas, las imágenes de manifestaciones o incluso de crímenes. Nada que permita la identificación de una persona podría estar protegido. Ni siquiera si la misma persona lo hizo público voluntariamente”, agrega.
EL CASO GOOGLE
El “derecho al olvido” ha generado múltiples controversias en el mundo. Uno de los casos de mayor impacto fue el de la Comisión Nacional de Informática y Libertades de Francia (CNIL), y Google Inc. En un fallo, la CNIL exigió al buscador estadounidense eliminar en todos sus dominios a escala global aquella información que los usuarios ya no quieran que esté disponible en internet.
La CNIL respondía así a una apelación interpuesta por Google, en la que argumentaba que “el derecho al olvido”, impuesto en la Unión Europea, obstaculiza el derecho del público a la información y representa una forma de censura.
En una carta enviada a Isabelle Falque-Pierrotin, presidenta de la CNIL, el Comité de Reporteros por la Libertad de Prensa, se pronunció sobre el caso. Le expresa entre otros aspectos que la petición de que se borren los datos más allá de la Unión Europea limita significativamente el acceso de información a nivel mundial.
“También envía una señal a los regímenes represivos y autocráticos en todo el mundo para imponer sus propias restricciones locales sobre la libertad de expresión extraterritorialmente”, añaden.
LA VERSIÓN DE ARROCHA
Melitón Arrocha, el proponente del anteproyecto, asegura que no pretende limitar el acceso a la libertad de expresión. Lo que sí se busca, añade, es darle el derecho a los ciudadanos no públicos “a que frente a daños inminentes, falsedades o a temas que incumben a su intimidad, tengan la oportunidad de reclamar que se quite la publicación en internet”.
Manifestó que tiene que quedar “completamente plasmado” de que si se trata de una persona pública, “toda su información debe ser de carácter público”. “Pero si usted es una persona cotidiana, ordinaria, que no tiene un interés público para la sociedad, yo creo que en determinadas circunstancias, y no todas, tiene que cumplirse [con la ley], ahí hay una serie de estándares, no es que yo voy a llamar y a decir quíteme eso”, sostiene.
“Es un debate que yo sí creo que Panamá se merece. Este es un proyecto de la tinta única de Melitón Arrocha, esta no es una línea del Ejecutivo, esto no lo he consultado con nadie, ni siquiera con mi propia bancada. Esto es un aporte personal. El presidente [Juan Carlos] Varela no tiene ni la más remota idea de lo que yo he presentado”, agrega.
Sin embargo, Botero dice que los criterios para definir cuándo existe un “daño irremediable”, tal como lo establece el artículo 4 de la propuesta, “son absolutamente ambiguos”. “Un político presuntamente corrupto o presuntamente violador de derechos humanos, con esa sola norma, podría ganar un pleito contra un diario y purificar todo su historial. Por ejemplo, podría sostenerse que el dictador no era dictador dado que nunca fue condenado, y que su historia no es de interés público, porque se refiere al pasado”, explica.
OTRAS VERSIONES
El tema ya empezó a generar reacciones. Rita Vásquez, presidenta del Consejo Nacional de Periodismo, por ejemplo, advierte que entrar a regular el contenido de la información en internet es una práctica “muy peligrosa”. “Un atentado contra la libertad de expresión y el derecho que tiene la ciudadanía a una memoria histórica”, agrega.
Y explica, además, que es como si fuésemos a los archivos nacionales y se quemaran los periódicos que cuentan nuestra historia.
“Esta acción, de parte del diputado oficialista Melitón Arrocha, nos hace recordar aquellas que el año pasado llevó a cabo su suplente Juan Moya [ver noticia relacionada]. Por lo que estaremos vigilantes ante estos actos que pretenden afectar derechos fundamentales, como lo son la libertad de expresión y el derecho a la información”.
Mientras que, Eduardo Quirós, presidente del Grupo Editorial El Siglo-La Estrella, y vicepresidente por Panamá de la comisión de libertad de prensa de la Sociedad Interamericana de Prensa, manifestó que, en primer lugar “siempre es interesante tener este tipo de debate”. Pero, sostiene que “ojalá no haya un tipo de imposición rápida de un anteproyecto de ley como este” y, además, espera que el debate sobre esta iniciativa “sea amplio” para que se puedan observar las experiencias de países europeos, donde cortes constitucionales ya se han manifestado sobre este tema.
“Dicho esto, es importante tener siempre presente que el mundo digital puede ser muy distinto del mundo real, pero no debe tener criterios ni valores distintos; y si podemos preservar en las hemerotecas la historia, hay que ser muy cautelosos en lo que pueda significar borrar historiales en el mundo digital”, puntualizó.
En el informe Libertad de Expresión e Internet, la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión de la CIDH argumenta que la exigencia de remover contenidos por parte de los intermediarios, como condición para no ser considerados responsables por una expresión ilícita, solamente debería proceder cuando sea ordenada por una autoridad judicial o de naturaleza similar. Que opere, agrega, con suficientes garantías de independencia, autonomía e imparcialidad y que tenga la capacidad para evaluar los derechos en juego y ofrecer las garantías necesarias al usuario.
Botero recuerda que la ASEP no tiene las garantías de imparcialidad y autonomía para poder ordenar la eliminación de una determinada información. “Esto es exactamente lo que sucede en países como Ecuador, en los cuales una Superintendencia se ha arrogado este derecho suprimiendo el derecho de los ecuatorianos a acceder a una información libre y plural”, sustenta.