El gobierno incrementará en 5 centavos por litro el impuesto al combustible derivados del petróleo, para financiar el aumento a los jubilados y pensionados de la Caja de Seguro Social (CSS), según el proyecto aprobado la noche del martes por el Consejo de Gabinete y que hoy fue presentado al a Asamblea Nacional por el ministro encargado de Salud, Miguel Mayo.
El ministro encargado explicó que la propuesta fija un aumento complementario al retiro por vejez, jubilaciones especiales y otras, consolida el Programa de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM) de la Caja de Seguro Social (CSS) y modifica el impuesto de consumo de combustible derivados del petróleo establecido en el Código Fiscal.
Detalló que el documento tiene como objetivo fortalecer, conservar, sostener las finanzas del patrimonio correspondiente del fideicomiso a favor del programa de IVM de la CSS, toda vez que las respectivas reservas financieras de dicho fondo con base a los estudios actuales de 2010, demuestra que la liquidez financiera de dicho régimen quedaría en estado de insolvencia a partir del año 2024.
Manifestó que con esta iniciativa de aumentar 5 centavos por litro saldría una recaudación de 100 millones de dólares al año, de los cuales se tomarían 80 millones para el aumento de los jubilados y 20 para fortalecer el IVM.
Para el funcionario, el ajuste en el impuesto al combustible se notará menos y no se verá mayor efecto en los consumidores, debido al precio oscilante del combustible que está en descenso.
“Hemos aprovechado la situación del descenso en el precio del petróleo, para que no se sienta los efectos en la población”.
La propuesta para este incremento se definió de acuerdo a porcentajes y tramos salariales, estableciéndose un rango para su aplicación así: Jubilación o pensión menor de B/. 250 recibirá un incremento de B/. 55; de B/. 250.01 hasta B/.270 recibirá un incremento de B/. 50 mensuales.
De B/. 270.01 hasta B/. 300 recibirá un incremento de B/. 40 mensuales; de B/. 300.01 hasta B/. 400 recibirá un incremento de B/. 35 mensuales; de B/. 400.01 hasta B/. 600 recibirá un incremento de B/. 30 mensuales; de B/. 600.01 hasta B/. 800 recibirá un incremento de B/. 20 mensuales.