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Presidente veta proyecto de ley que crea el distrito de Panamá Norte

Fue propuesto por el diputado panameñista Luis Barría. 

Presidente veta proyecto de ley que crea el distrito de Panamá Norte


El presidente de la República, Juan Carlos Varela, vetó por “inexequible e inconveniente” el proyecto de ley No. 35, que crea el distrito de Panamá Norte, segregado del distrito de Panamá.

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Piden al presidente Varela que vete proyecto de ley que crea el distrito de Panamá Norte

En la objeción, que llegó hace dos semanas a la Asamblea Nacional, el Ejecutivo considera que son inexequibles los artículos 26, 27 y 28 del proyecto, porque “contravienen lo dispuesto en el artículo 19 y 278 de la Constitución Política, y establece un privilegio para un determinado sector de la distribución administrativa del Estado, que son aquellos corregimientos que forman parte de la cuenca hidrográfica del Canal de Panamá”.

Y es que, el documento aprobado en la Asamblea en julio pasado establece, por ejemplo, en el artículo 26, que a partir del 1 de julio de 2024, el Municipio del distrito del Norte recibirá los fondos que determine la Ley 37 de 2009, y tendrá las facultades para realizar los cobros de impuestos y tasas para los cuales la ley le faculta.

Para tales efectos, para la vigencia fiscal del año 2024, la Alcaldía de Panamá tomará las previsiones del caso para asegurar que el distrito del Norte cuente con el presupuesto que le corresponde, sin perjuicio de las asignaciones presupuestarias que pudieran disponerse con antelación al año para su planeamiento y organización administrativa”, señala el documento.

Agrega también, en el artículo 27, que “el Ministerio de Economía y Finanzas distribuirá anualmente entre los distritos que conforman la cuenca hidrográfica del Canal de Panamá el 2% de los excedentes del Canal de Panamá. La distribución se hará proporcionalmente a la población de cada corregimiento que forme parte de la cuenca hidrográfica del Canal. Esta suma será incluida anualmente en el Presupuesto General del Estado a partir de la vigencia de la presente ley".

En ese sentido, el Ejecutivo señala que el Canal de Panamá, como bien inalienable de la Nación, destina sus excedentes a favor del Estado, y este último, a través del Ministerio de Economía y Finanzas, destinará en el Presupuesto del Estado la distribución de estos fondos provenientes de la ACP de acuerdo a las necesidades propias de la Nación, tales como educación, vivienda, salud, infraestructuras.

“El destinarle a estos corregimientos fronterizos con la cuenca hidrográfica el 2% de los excedentes de las ganancias del Canal, sería destinarle fondos adicionales a lo que ya reciben a través de los fondos, producto de la descentralización establecida en la Ley 37 de 2009 y Ley 66 de 2015 y que no estarían contemplados en el presupuesto de Estado”, señala el Ejecutivo. 

Agrega que “el proyecto de ley atenta contra la disposición constitucional contenida en el artículo 267 de la Constitución Política”. Dicho artículo plantea que “corresponde al Órgano Ejecutivo la elaboración del proyecto de Presupuesto General del Estado y al Órgano Legislativo su examen, modificación, rechazo o aprobación".

Otras de las objeciones que señala el Ejecutivo es que el proyecto no cumple con los requisitos establecidos en el artículo 13 de la Ley 65 de 22 de octubre de 2015, que establece, entre otras cosas, que se requiere “un informe previo de los gobiernos municipales que se encuentren involucrados".

La aprobación de este proyecto en el legislativo levantó voces en contra, que pedían a Varela el veto del documento. En su momento, Zaidy Quintero, representante de Las Cumbres por el panameñismo, aseguró que esta propuesta "traerá menos desarrollo" a las comunidades del área norte de la capital, por lo que no es conveniente.

 

 



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