Universidad de Panamá, la entidad mejor bonificada

Universidad de Panamá, la entidad  mejor bonificada


Si de bonificaciones por antigüedad se trata, la Universidad de Panamá (UP) sería la entidad estatal con el más jugoso y amplio reconocimiento. La conclusión se desprende luego de comparar los reglamentos internos de siete entidades con las que la Casa de Méndez Pereira se igualó en una reciente carta dirigida a la Contraloría General de la República (CGR).

+info

Secretario de la Universidad de Panamá exige una disculpa al contralor Humbert

La misiva, que exige una disculpa del contralor Federico Humbert por objetarla y calificarla de “sinvergüenzura”, expone que otras instituciones tienen este reconocimiento, pero que Humbert “solamente se ocupa, en los peores términos, de la bonificación de los profesores y trabajadores de la UP”.

Las instituciones citadas por Miguel Ángel Candanedo, secretario general de la UP, son la CGR, la Caja de Ahorros, la Universidad Tecnológica de Panamá (UTP), la Autoridad Marítima de Panamá, el Órgano Judicial, la Universidad Especializada de las Américas (Udelas), el Ministerio Público y el Tribunal Electoral.

En tanto, la carta no indica que la bonificación agregada al estatuto universitario en 2008, en la administración del rector García de Paredes, establecía que la recibirían únicamente los académicos que dejen su puesto por renuncia, jubilación o por culminar su relación laboral por tener 75 años; no obstante, en su reciente modificación de 2016 las razones son ilimitadas:

“Solo recibirá bonificación por antigüedad el personal académico que deje su puesto por renuncia, jubilación, pensión por vejez, fallecimiento, retiro definitivo por incapacidad vitalicia concedida por la Caja de Seguro Social, por haber finalizado su relación laboral con la institución por tener 75 años o por cualquier otra causal aprobada por los órganos de gobierno competentes”. Además de incrementar la cantidad de remuneración, antes de 10, a 15 meses para quienes tengan más de 30 años de servicio.

Esto es precisamente lo que hace único el bono de la UP respecto a las otras entidades señaladas.

Alega Candanedo que la CGR contempla una bonificación por antigüedad que considera también los gastos de representación y que incluye el derecho a que el trabajador, en caso de una reducción de la fuerza laboral, reciba hasta 18 meses de salario “remunerado”.

En efecto, el reglamento interno de la CGR establece como bonificación hasta 10 meses de salario por más de 25 años de trabajo, sin embargo, esta bonificación es por jubilación, y cita que se fundamenta en la ley de carrera administrativa.

Los 18 meses de salario, al tener más de 40 años de servicio, es por retiro definitivo debido a la reducción de la fuerza laboral, y es considerada como una “indemnización”, indica el reglamento.

La Caja de Ahorros es otra institución que la CGR “tampoco ha reconocido sibilinamente [sic]”, y que bajo la figura de gratificación especial a jubilados bonifica a sus funcionarios por antigüedad, dice la nota.

El reglamento de la entidad bancaria establece como máximo reconocimiento 10 meses del último salario para quienes tengan más de 31 años de servicio, y aplica únicamente para quienes adquieran la condición de jubilados o pensión por invalidez y que a su vez renuncien a la institución, como lo indica la ley de carrera administrativa (ver facsímil).

“Caja de Ahorros es una institución autónoma del Estado, que genera sus propios ingresos […] una entidad con personería jurídica propia y autonomía administrativa, presupuestaria y financiera”, recordaron a La Prensa sus voceros.

El Tribunal Electoral, en la bonificación por antigüedad, considera los gastos de representación, sostiene el escrito de la UP. En este caso, su reglamento también establece como máximo 10 meses por 25 años o más de servicios para los funcionarios permanentes que terminen su relación laboral. La entidad contestó que su ley orgánica establece “aprobar y reglamentar un plan de bonificación por antigüedad” para sus funcionarios, excluyendo a los magistrados.

El Ministerio Público instituyó la bonificación por antigüedad mediante resolución en 2014. No obstante, dicha resolución considera como máximo 10 meses de sueldo por el retiro definitivo a quienes completen 25 años de servicio, lo mismo que para los funcionarios del Órgano Judicial.

Otras dos universidades estatales con las que la UP se midió fue la Udelas y la UTP. En ambas, al igual que en el resto de las entidades enlistadas, el máximo reconocimiento es de 10 meses de sueldo para quienes tengan 25 años o más de servicio, —cinco meses menos de lo contemplado por la UP— al retirarse por renuncia, pensión por vejez o invalidez permanente, reducción de la fuerza laboral e, incluso, la muerte.

 

 

En ningún momento se cuestionó las bonificaciones en su esencia, porque se consideran como un derecho adquirido por el funcionario, argumentó la CGR, pero demandó ante la Corte Suprema de Justicia el estatuto de la UP que establece el bono y su modificación, porque no aplica lo contemplado en el artículo 112 de la Ley 9 de 1994, por la cual se establece la carrera administrativa.

Dicha ley limita las razones a la renuncia, jubilación o reducción de fuerza y establece hasta 10 meses de sueldo para bonificaciones.

Este asunto es complejo, manifestó Carlos Gasnell, de Transparencia Internacional, ya que “muchas instituciones”, además de la UP, crearon regímenes de incentivos” sin una norma previa que establezca límites o criterios. Consideró que es preferible que una institución independiente, como la Procuraduría de la Administración, aclare los alcances de la autonomía universitaria en este asunto.

LAS MÁS LEÍDAS