Los panameños conocemos de primera mano el dolor y las terribles cicatrices de las invasiones extranjeras. A pesar de la enorme simpatía que ha generado en la opinión pública mundial, la heroica resistencia del pueblo y gobierno de Ucrania a la brutal agresión rusa, nuestro país tiene algunas limitaciones constitucionales e institucionales que deben enmarcar la respuesta panameña a esta situación.
En primer lugar, está la neutralidad del Canal de Panamá, a cuyo régimen se adhirió la Federación Rusa. Esto significa que los barcos de bandera rusa pueden cruzar el Canal de Panamá sin ninguna restricción, salvo que representen una amenaza a la navegación o a la seguridad panameña.
Con respecto a los otros posibles espacios jurisdiccionales en los que Panamá pudiera actuar contra Rusia, estas acciones estarían limitadas a lo que establecen las normas internacionales y a la práctica diplomática latinoamericana.
Eso significa que se necesita una decisión de algún organismo multilateral al que Panamá pertenezca, por ejemplo, si hubiese una decisión del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas eso sería vinculante para Panamá, al igual que decisiones similares de la Organización de Estados Americanos y otros organismos.
La restricción que las autoridades de distintos países le han impuesto a la banca e instituciones financieras rusas de excluirse del sistema SWIFT, sería cumplida en Panamá no por instrucciones de las autoridades bancarias panameñas, sino por derivación de las corresponsalías bancarias que existen en nuestro país.
Ninguna autoridad nacional panameña puede por sí misma congelar o confiscar bienes o patrimonio ruso en nuestro país. Si un país, o un organismo internacional lo solicita, la decisión necesitaría estar fundamentada en los acuerdos internacionales aplicables y no simplemente en una petición diplomática internacional.
No es lo mismo combatir el blanqueo de capitales del crimen organizado que congelar los fondos de personas naturales o jurídicas rusas que perfectamente podrían ser inocentes de la responsabilidad de su gobierno.
Si en alguna fecha posterior la comunidad internacional califica los hechos cometidos en Ucrania como crímenes de guerra o delitos de lesa humanidad, Panamá tendría la responsabilidad de cooperar en la investigación, enjuiciamiento y castigo de los responsables de tales conductas.
Recordemos que este tipo de delitos son imprescriptibles.
¿QUÉ PUEDE HACER PANAMÁ?
El país puede participar de numerosas iniciativas diplomáticas para promover la retirada de las tropas rusas y una tregua supervisada internacionalmente. Panamá no puede enviar agentes de la Fuerza Pública en razón de que no tiene fuerzas armadas por prohibición constitucional. En cambio, sí puede enviar policías, Sistema Nacional de Protección Civil, bomberos o personal médico como auxiliares para las tareas de rescate y reconstrucción de Ucrania, una vez exista un marco internacional que sirva de paraguas para tal situación.
A su vez, Panamá debe evitar cualquier envío de armamentos, explosivos, municiones, o equipo de cualquier naturaleza destinados a las operaciones militares en Ucrania, ya que esto nos involucraría directamente en el conflicto.
Lo más importante que podemos hacer en este momento es expresar nuestro repudio a la violencia y exponer nuestra solidaridad con Ucrania.
Apoyar los esfuerzos diplomáticos para conseguir la paz y mantenernos alerta de que nuestro país no sea utilizado por las partes en este conflicto. Llegado el caso, el gobierno de Panamá podría aceptar refugiados ucranios, lo que en estos momentos no parece ser necesario por la gran solidaridad europea.