La Contraloría General de la República, luego de una auditoría, certificó el cumplimiento de las obligaciones contractuales sustanciales por parte del operador portuario Panama Ports Company, S.A. (PPC), a quien le fue adjudicada la concesión de los Puertos de Balboa (litoral Pacífico) y Cristóbal (litoral Atlántico) mediante contrato con la República de Panamá.
Los detalles y resultados de dicha auditoria, conducida por un equipo técnico multidisciplinario, que se llevó a cabo in situ, en las instalaciones portuarias concesionadas a PPC, en la Autoridad Marítima de Panamá, y en el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), en razón de sus respectivas incidencias en el cumplimiento del contrato (original y adendas), fueron dados a conocer públicamente en conferencia de prensa, a través de una presentación, a la ciudadanía en general.
Posterior a dicha conferencia de prensa, surgieron algunas reacciones en desacuerdo con los hallazgos y conclusiones de dicha auditoria forense, fundamentando sus posiciones adversas en concepciones subjetivas, sin apego a las constancias fácticas, contables y jurídicas, arrojadas por la auditoria en referencia.
En este sentido, es oportuna la coyuntura para contrastar la realidad frente a la mitificación de algunos señalamientos en relación al contrato otorgado a la empresa PPC, y que han tenido un eco negativo en la opinión pública.
Mito:
La empresa PPC recibió infraestructura portuaria en los Puertos de Balboa y Cristóbal.
Realidad:
La infraestructura portuaria que recibió la empresa PPC en los Puertos de Balboa y Cristóbal fueron construidos para el manejo de carga en general, no eran puertos diseñados para manejar contenedores, que es la actividad a la que se dedican los puertos a nivel mundial, y que representa la base de la facturación – movimiento de contenedores – que registra los principales aportes directos al Estado.
De hecho, la infraestructura portuaria concesionada a PPC no tenía ningún valor para iniciar el negocio de trasbordo de contenedores, por lo cual hubo que demoler edificaciones no útiles, para construir nuevas y especializadas, implicando una inversión millonaria por parte de la empresa.
Aún siendo este el caso, mediante Adenda No. 1, contenida en la Ley 55 de 28 de diciembre de 2005, que modifica el Contrato entre el Estado y Panama Ports Company, S.A., contenido en la Ley No. 5 de 16 de enero de 1997, PPC se comprometió a pagar una contraprestación de ciento dos millones de dólares ($102,000,000.00) al Estado panameño por las infraestructuras y puertos en operación recibidos en concesión (Cláusula 2.3).
Este pago de $102,000,000.00 por parte de la empresa PPC fue certificado mediante la auditoria realizada por la Contraloría y presentado dentro del desglose de aportes al Estado.
Mito:
La empresa PPC solamente ha pagado al Estado panameño 8 millones de dólares ($8,000,000.00) durante todo este período de concesión.
Realidad:
La empresa PPC ha pagado al Estado panameño $444,978,979.60 en período comprendido entre 1997-2020. Este monto incluye facturación de movimiento de contenedores, dividendos, entre otros rubros pactados contractualmente, y que han sido pagados responsablemente por la empresa. El desglose de estos pagos fue presentado por la Contraloría en su informe a la nación.
Por lo tanto, es totalmente erróneo señalar que PPC sólo ha aportado al Estado 8 millones de dólares.
Cabe indicar, que el contrato de concesión portuaria suscrito entre PPC y el Estado panameño es el único que contempla participación accionaria por parte del Estado. En ninguno de los otros contratos de concesión portuaria, ni en sus extensiones se pactó el pago de dividendos.
De acuerdo a los datos proporcionados por la auditoria realizada por la Contraloría, la empresa PPC realizó inversiones en las terminales portuarias dadas en concesión por un monto de $1,695,546,955.00, suma muy superior al compromiso establecido en el Contrato inicial de $50,000,000.00 y en la Adenda No. 1 de 1,000,000,000.00. Es decir, cumplió con su obligación de invertir en la modernización portuaria más allá de los términos pactados.
Una vez hechas estas aclaraciones, es importante acotar que la decisión corporativa de la Junta Directiva de PPC, en la cual tiene representatividad el Estado panameño, de no repartir dividendos entre los socios todos los años, sino de invertir los recursos en el desarrollo, modernización y optimización de las instalaciones portuarias, ha tenido un resultado positivo en estos aspectos:
• Se han incrementado los pagos de movimiento por contenedores que hace la empresa al Estado, entre otros cargos.
• Se ha contribuido al desarrollo de las industrias marítimas auxiliares.
• Se ha fortalecido y consolidado el posicionamiento del país como hub marítimo y logístico de talla mundial.
• Se ha elevado el valor de las acciones de la empresa, en la cual el Estado panameño es socio.
Ahora bien, el hecho de que los dividendos no se hayan repartido entre los accionistas todos los años, debido a la ejecución de los planes de inversión antes mencionados, no significa que se hayan perdido o que no haya espacio para repartirlos a futuro, una vez se requieran menos inversiones para mantener en óptimas condiciones las terminales portuarias. Por consiguiente, el Estado panameño, en su condición de accionista, podría recibir la suma correspondiente a estos dividendos, lo cual representaría una especie de ahorro financiero, que coadyuvaría a mitigar los efectos de contracción económica producidos por las actuales circunstancias pandémicas.
El desarrollo portuario demanda altas inversiones de capital, recursos financieros, tecnológicos, humanos, etc.; es por ello que estas inversiones se contemplan a largo plazo, a fin de garantizar su rentabilidad.
Conforme a lo pactado en el contrato, la concesión otorgada a PPC tendrá una duración de veinticinco (25) años, contados a partir de la fecha de su entrada en vigencia. Se prorrogará automáticamente por un período adicional de veinticinco (25) años bajo los mismos términos y condiciones, siempre y cuando la empresa haya cumplido con todas sus obligaciones básicas de acuerdo con este contrato.
El audito realizado por la Contraloría representa un ejercicio de revisión integral, sobre la base de criterios objetivos, en relación al cumplimiento por parte de PPC de sus obligaciones contractuales básicas, consignadas en el Contrato original y sus posteriores Adendas. Los resultados arrojados por esta auditoria reafirman el compromiso pleno de esta empresa de contribuir activamente con el desarrollo de Panamá; y en contraprestación, debemos garantizarle seguridad jurídica a su inversión.
Finalmente, no debemos soslayar que, una vez expirado el contrato de concesión, el período inicial (25 años), más el período de prórroga (25 años), todas las instalaciones, infraestructuras y facilidades dentro de los puertos pasarán a ser propiedad del Estado panameño (salvo maquinarias y bienes muebles de la empresa), lo cual dejará un importante activo para el país.
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