Derecho a réplica


Por medio de la presente nota quiero realizar precisiones sobre las informaciones publicadas en las ediciones del Diario La Prensa los días 13, 6 y 4 de diciembre de 2023, sección Investigación, en donde se sugiere de forma tendenciosa, que luego de haber renunciado al cargo de Administrador de la Autoridad Nacional para la Innovación Gubernamental (AIG), formalicé y firmé procesos documentarios atenientes a la institución gubernamental, luego de despojarme de la investidura de servidor público.

Quiero manifestar que estas acusaciones son FALSAS y se contraponen a la data de trazabilidad que siguió el trámite formal de solicitud de refrendo de Acuerdo entre la entidad y la empresa FINTEK, S.A. que, durante mi ejercicio al frente de la AIG, se gestionó ante la Contraloría General de la República de Panamá.

En esta carta de Derecho a Réplica presento dos documentos que tienen registros electrónicos que no pueden ser alterables:

1. La carta de solicitud de refrendo del acuerdo entre la AIG y FINTEK, S.A., ingresada a la Contraloría General de la República de Panamá mediante nota [AIG-OAL-LO-N-No.1073-2023], en donde claramente se registra que mi firma electrónica -inalterable-, fue colocada el día 9 de octubre de 2023, cuando aún fungía como Administrador General de la entidad pública.

2. Imagen fiel del Sistema de Seguimiento, Control, Acceso y Fiscalización de Documentos (SCAFID) de la Contraloría General de la República, con numeración 14027869, que registra que el documento de solicitud de refrendo mencionado en el punto 1 ingresó a la Contraloría el día 9 de octubre de 2023, cuando aún fungía como Administrador General de la entidad. Esta data fiel, que no está a expensas de errores humanos, debió ser consultada como una segunda validación que hubiese dejado al descubierto que el sello de recibido colocado en la nota de refrendo indicada, por parte de la Contraloría, tiene un error al registrar como fecha de ingreso el 19 de octubre, en vez del 9 de octubre como se mantiene en la plataforma digital.

A continuación, los documentos que validan los puntos señalados:

Derecho a réplica

En virtud de lo anterior, me veo en la obligación de emitir un Derecho a Réplica que contrarreste informaciones confusas que atentan contra mi integridad.

Luis Oliva

19 de diciembre de 2023

“Las opiniones expresadas en este comunicado son responsabilidad única de su autor y de quienes sufragan su publicación.”