Los padres de familia o estudiantes no están obligados a comprar útiles y textos en establecimientos específicos ni exigir marcas determinadas. Así lo recordó la Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia (Acodeco), advirtiendo que esta práctica constituye venta atada y está prohibida por la ley.
Según la entidad, los centros educativos solo pueden hacer recomendaciones sobre materiales, pero la decisión final de compra debe quedar en manos del consumidor. La venta atada ocurre cuando la adquisición de un producto o servicio está condicionada a la compra de otro, o cuando se restringe la compra a un solo proveedor, limitando la libre elección y afectando la competencia.
La Acodeco también recordó que el artículo 36, numeral 15, de la Ley 45 de 2007 establece que los proveedores deben abstenerse de realizar acciones que restrinjan la circulación y distribución de bienes o servicios, salvo que exista una causa justificada. Cuando esta práctica afecta al consumidor final, se considera sancionable.
Para denunciar casos de venta atada, Acodeco informó que habilitó su asistente virtual Sindi, disponible las 24 horas mediante WhatsApp y Telegram al 6330-3333. También se pueden presentar reportes a través de sus redes sociales AcodecoPma en Facebook y X, o en su página web oficial.
La denuncia puede ser anónima, pero debe incluir detalles como el nombre del colegio y una descripción de la falta para facilitar la verificación del caso.
El años escolar 2025 empieza el próximo 10 de marzo.


