Si usted es conductor o dueño de un vehículo sepa que la mayoría de los estacionamientos privados inspeccionados en la ciudad de Panamá por la Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia (Acodeco) incumplen con alguna de las normas que lo protegen como usuario de este servicio.
La Acodeco reveló que de 65 locales que alquilan el servicio de estacionamientos, en la ciudad de Panamá, apenas 9 cumplieron de manera satisfactoria con todos los parámetros revisados y 56 presentaron anomalías.
Entre las irregularidades más frecuentes se detectó que el cobro no es cónsono con el tiempo utilizado, además de la falta de la emisión de la factura a favor del cliente y el anuncio visible de las condiciones para la prestación y el cobro del servicio.
En algunos locales se registra el tiempo utilizado por el usuario con relojes personales y se entrega un trozo de papel con la hora escrita a mano.
Otra práctica que no ofrece transparencia al consumidor radica en la entrega de una tarjeta al momento de ingresar al estacionamiento, que es validada al momento de salir del sitio, pero cuyo cobro se hace de manera verbal.
En otros casos, el consumidor no cuenta con un mecanismo para hacer el cálculo correspondiente y corroborar si el cobro es cónsono con el tiempo utilizado.
La entidad ha podido verificar que la información sobre las horas de entrada y salida quedan registradas en la factura fiscal que se le entrega al consumidor, pero es imposible hacer el cálculo antes de pagar porque no cuenta con la información previa.
“La ley establece que no se permite el cobro por fracción o redondeo al alza, y en esta verificación se detectó una gran cantidad de comercios que debido a que el cobro lo hacen con la impresora fiscal, la cual está programada a dos cifras después del punto decimal, el sistema de manera automática hace el redondeo hacia el alza”, dijo la Acodeco a través de una nota de prensa.
También se encontraron comercios que cobran la fracción de minuto, lo cual está prohibido.
La Acodeco indicó que evaluará cada una de las actas de incumplimiento y aplicará las sanciones respectivas por incumplimiento del artículo 56 de la Ley 45 de 2007, en lo relacionado al servicio de alquiler de estacionamientos.