La Comisión de Economía y Finanzas de la Asamblea Nacional aprobó, este miércoles 11 de septiembre en primer debate, una modificación a la Ley de Intereses Preferenciales en las viviendas, cuyo valor no exceda los $180,000.
La propuesta en su primer artículo establece dos plazos. Primero se establece que los préstamos hipotecarios con intereses preferenciales podrán ser otorgados hasta el 31 de diciembre de 2027.
Seguidamente, se establece una excepción para los préstamos para vivienda plurifamiliar vertical (apartamentos de edificios), cuyo valor registrado al momento del financiamiento sea mayor de $120,000 y no exceda de $180,000, los cuales serán otorgados hasta el 30 de junio de 2026.
Vale recordar que los plazos para recibir el beneficio son para los proyectos en construcción. Los clientes que se acojan a ley de interés preferencial gozan del subsidio estatal por 10 años, según distintos tramos de precios de las viviendas.
“Invitamos [al debate] a todas las personas que tengan que ver con este tema, que es muy importante para Panamá. Sabemos que del 25 al 30 por ciento del Producto Interno Bruto lo genera el sector de la construcción”, afirmó Ronald De Gracia, presidente de la Comisión de Economía.
De Gracia dijo que seguramente el proyecto recibirá cambios en el segundo debate y que están a la espera de las opiniones de los ministerios de Economía y el de Vivienda.
El sector de la construcción y los promotores de viviendas han planteado que deben revisarse nuevamente los tramos y rangos de precios de viviendas en los que se aplica el interés preferencial. El tramo de interés preferencial para viviendas entre $150,000 y $180,000 ya venció.
El interés preferencial es un descuento que aplica según el precio de la vivienda: