Califican de inviable anteproyecto que busca devolución del 50% de la prima de autos



El anteproyecto de Ley 115, que busca modificar dos artículos de la Ley No. 68 de 2016, la cual establece el seguro obligatorio básico para los conductores, para exigir a los seguros que devuelvan el 50% de la póliza no usada, fue calificado como inviable por el sector asegurador.

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El proyecto, que fue presentado por el diputado del Partido Panameñista Ricardo Vigil en la Comisión de Comunicación y Transporte de la Asamblea Nacional, tiene como fin que se devuelva a las personas el 50% del monto pagado a las aseguradoras en caso de no haber sufrido ningún percance durante el tiempo de cobertura.

Es justo que aquel buen conductor que no utilice ese seguro, por una buena educación vial, sea beneficiado con el 50% de la póliza que haya pagado a la aseguradora”, dijo el parlamentario, quien además plantea que se cubran con el seguro de autos los bienes del Estado.

El superintendente de Seguros y Reaseguros, Luis Enrique Bandera, dijo que, tomando en cuenta una opinión estrictamente técnica, la modificación propuesta viola principios básicos del negocio asegurador, que son la mutualidad y la solidaridad.

“La industria de seguros, desde que se fundó en Inglaterra hace casi 500 años, con los primeros barcos que zarparon, se basaba en que los más pagan por los menos. Es la única forma: ese principio de solidaridad en el que se basa el seguro. Pero si una sola persona paga por su propio riesgo, estaríamos hablando de un crédito, no de un seguro. Entonces, por nuestra parte, lo que podemos aportar es que deben tomar en consideración los principios que rigen esta industria para no afectarla negativamente”, dijo Bandera.

Califican de inviable anteproyecto que busca devolución del 50% de la prima de autos
CORPRENSA// ELYSÉE FERNÁNDEZ// FOTOGRAFÍA// 14-8-2024// AGOSTO // IMÁGENES DE LA VÍA ESPAÑA, gente cruzando las líneas de seguridad. trabajadores. Metro, Metrobus, Mi bus. personas.

Por su parte, la presidenta de la Asociación Panameña de Aseguradoras (Apadea), Gina Herrero, dijo que esta modificación no es viable.

Indicó que esta propuesta se hizo sin consultar ni tomar en cuenta los aspectos estrictamente técnicos que sostienen a una industria altamente regulada y técnica.

“Queremos destacar que el principal objetivo de la Ley 68, que obliga a todos los conductores que transitan en la República de Panamá a contar con una póliza de seguro obligatorio, es proteger a los afectados de accidentes de tránsito causados por conductores que, de manera voluntaria o involuntaria, ocasionan daños a terceras personas. Pretender devolver el 50% de una prima a los asegurados que no han presentado reclamaciones deja desprotegida a la empresa para asumir los riesgos ante la ocurrencia de siniestros del resto de la cartera”, indicó la presidenta de Apadea.

Explicó también que el principio básico en que se sustenta la industria de seguros a nivel mundial es la mutualidad, lo que significa que “la pérdida de unos pocos es compensada por la contribución de toda la cartera”.

Precisó que, mediante este mecanismo, se asegura que la pérdida no sea de impacto significativo para el asegurado.

Adicionalmente, Herrero comentó que otro de los puntos que busca el proyecto es que se cubran los bienes del Estado. “Como explicamos en la Comisión de Transporte, actualmente los bienes del Estado no están excluidos de la cobertura. Sin embargo, el monto de la póliza obligatoria de automóvil, de $5,000.00 por daños a la propiedad ajena y $10,000.00 por lesiones corporales, es insuficiente para cubrir estos bienes.

“Es una realidad que, ante las pérdidas que generalmente vemos en los departamentos de reclamos de las aseguradoras, este monto asegurado no alcanza ni siquiera para cubrir los daños a terceras personas, obligando a los afectados a recurrir a otros medios para resarcir el excedente. La única manera en que este artículo pueda hacerse realidad sería incrementando el monto asegurado”.

Adicionalmente, Apadea advirtió que el mencionado proyecto tampoco ha considerado la siniestralidad actual de la cartera del Seguro Obligatorio Básico de Accidentes de Tránsito, ni los gastos de intermediación, administración, impuestos y reaseguros, ni mucho menos las bases técnicas, de conformidad con el artículo 145 de la Ley 12 de 2012, que regula la industria de seguros en Panamá, ni con los debidos análisis actuariales sobre la suficiencia de la prima para hacer frente a todos los siniestros y a las reservas legales que deben cumplir las aseguradoras.


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