El presidente Laurentino Cortizo anunció que la Superintendencia de Bancos de Panamá dictó un acuerdo bancario que establece extender el alivio financiero hasta el 30 de junio de 2021.
Los clientes que sigan presentando dificultades para cumplir con sus obligaciones de podrán contar con un tiempo adicional de seis meses, después que finalice este año para acordar con su entidad bancaria, modificaciones a los términos y condiciones de sus préstamos, de acuerdo con su nueva capacidad de pago.
Entre esas dificultades están la pérdida de su fuente de ingreso, de su empleo, suspensión temporal del contrato laboral y reducción de jornada de trabajo, así como las empresas que han visto mermados sus niveles de ventas e ingresos.
El presidente @NitoCortizo anunció que las personas podrán reprogramar el pago de sus obligaciones hasta el 30 de junio de 2021 y no se afectarán las referencias de crédito ni se ejecutarán las garantías #LaPrensaSecuestrada informa: https://t.co/Jv0CT2FvT1 Video: Isaac Ortega. pic.twitter.com/n9lgc2UBbo
— La Prensa Panamá (@prensacom) October 22, 2020
Cortizo indicó que esto es una medida de alivio económico significativa que beneficia a los panameños afectados por la pandemia de la Covid-19.
Añadió que los panameños que continúen afectados por la crisis producida por la pandemia podrán reprogramar con los bancos sus obligaciones.
El presidente explicó que durante este periodo los bancos no ejecutarán las garantías ni afectarán las referencias de crédito a quienes hayan modificado sus créditos.
También Cortizo recomendó a los panameños afectados por la crisis económica acercarse a sus bancos para solicitar la aplicación de las medidas de alivio financiero.
El acuerdo de modificación No. 13-2020 aprobado por la Junta Directiva de la Superintendencia de Bancos de Panamá permite que entre bancos y clientes se puedan continuar realizando las modificaciones necesarias para mantener una relación de crédito viable y sostenible.
De acuerdo con un comunicado de la Dirección Nacional de Comunicación, las modificaciones pueden incluir el otorgamiento de períodos de gracia, en función de la nueva capacidad de pago de cada cliente, extensiones de plazo de vencimiento de los préstamos, ajustes de la letra o cuota mensual, entre otras opciones.
“Las modificaciones de los préstamos pueden incluir el otorgamiento de períodos de gracia, en función de la nueva capacidad de pago de cada cliente, extensiones de plazo de vencimiento de los préstamos, ajustes de la letra o cuota mensual, entre otras opciones”, destacó un comunicado de la Superintendencia de Bancos de Panamá (SBP).
De acuerdo con la SBP, bancos no ejecutarán las garantías de los préstamos que ya se encuentren modificados ni de los que se modifiquen, en el nuevo plazo otorgado, incluyendo viviendas, fincas, terrenos, locales comerciales, autos, buses y otras garantías.
A los préstamos modificados no le será aplicable el cobro de intereses moratorios ni cargos o penalidades.