La Secretaría de Energía, en colaboración con el Ministerio de Economía y Finanzas, definió los equipos que aplican a incentivos fiscales para energía solar.
En la Gaceta Oficial del jueves 23 de enero de 2025 se publicó la resolución N.º MIPRE-2025-0002492, la cual detalla el listado de equipos y accesorios que podrán acogerse a los incentivos fiscales establecidos en la Ley 37 de 10 de junio de 2013.
Entre los dispositivos que tendrán exenciones tributarias se encuentran:
Controladores de carga solares
Rieles y bases para paneles solares
Dispositivos de apagado rápido
Robots de limpieza para paneles solares
Sistemas de almacenamiento térmico
Estos equipos recibirán exenciones en impuestos, aranceles y gravámenes, alineados con los incentivos fiscales contemplados en la ley.

La resolución entra en vigor 30 días después de su promulgación.
Las personas naturales o jurídicas interesadas en beneficiarse de estas disposiciones deberán gestionar la certificación correspondiente ante la Secretaría Nacional de Energía.
La Secretaría de Energía comunicó que busca garantizar una aplicación equitativa de los incentivos fiscales y fomentar el uso de tecnologías solares como parte de una estrategia nacional para diversificar la matriz energética y avanzar hacia un futuro más sostenible.
En el país existen más de 50 empresas que ofrecen el servicio de instalación de paneles solares.
Los costos de instalación han caído drásticamente en la última década, lo que ha hecho que la industria crezca, se amplíe el abanico de clientes y se cuenta con el respaldo de financiación de bancos de la plaza.
El costo por watt por modulo solar ha bajado en promedio de 11 dólares en 2006 a 18 centavos actualmente.
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A diciembre de 2024, la energía fotovoltaica era la cuarta en generación de electricidad en Panamá, con 12.13% del mercado, lo que representa un empate técnico con las hidroeléctricas de embalses, y por detrás de las hidroeléctricas de pasada y la generación con gas, según datos de la Autoridad Nacional de los Servicios Públicos (ASEP).
