La Ley 256 de 2021 levantó la exención que tenía una serie de actividades económicas para el uso de equipos fiscales o la facturación electrónica, como métodos de facturación.
La norma señalaba que el Órgano Ejecutivo establecería un calendario de adopción de estos sistemas, algo que ocurrió esta semana con la promulgación en Gaceta Oficial del Decreto Ejecutivo 25 de 27 de junio de 2022.
El documento establece dos fechas para la adopción de estos mecanismos de facturación, ambas a inicios del próximo año.
En el primer grupo están las empresas ligadas al transporte de pasajeros, actividades marítimas, operaciones realizadas por bolsas de valores, pequeños hostales y la actividad de arrendamiento, que deberán adoptar la facturación electrónica o los equipos fiscales autorizados a partir del 2 de enero de 2023.
En el otro grupo están las operaciones y servicios realizados por bancos y otras instituciones financieras, que tendrán que hacerlo desde el 1 de febrero de 2023.
El documento establece esta misma fecha para las operaciones efectuadas entre empresas que operan dentro de zonas libres, zonas francas y regímenes especiales, así como las ventas que se realicen en el territorio fiscal de Panamá.
Específicamente, se incluyen las actividades de Zona Franca del Barú, Ciudad del Saber, sedes de empresas multinacionales (SEM), Área Económica Especial Panamá Pacífico y Zona Libre de Colón. La norma aplica para cualquier zona franca o zona libre de petróleo.
En el caso específico de las SEM, el texto apunta que, según la norma que rige este régimen, las compañías no están sujetas al uso de equipos fiscales y, por tanto, deberán aplicar la factura electrónica como método de facturación.
Un grupo de actividades ausente en este decreto es el de “servicios prestados en ejercicios de profesiones liberales, artesanales y artísticas, en forma independiente o a través de sociedades civiles”. Esto, pese a que sí figura en la Ley 256 de 2021 entre las actividades que estarían incluidas en el calendario de adopción.
Entre las profesiones liberales están los abogados, médicos, ingenieros y arquitectos, entre otras.
Precisamente, la Ley 256 fue objeto de una demandada de inconstitucionalidad por parte del Colegio Nacional de Abogados y la Federación de Asociaciones de Profesionales de Panamá, acción que finalmente no fue admitida por la Corte Suprema de Justicia.
El abogado tributarista Javier Mitre dijo a este diario que, dejando fuera del calendario de implementación a las profesiones liberales y artesanos, “evidentemente la administración tributaria quiere evitar confrontaciones. No es una cuestión de la legalidad, sino de estrategia”, sostuvo.
Puneet Anilbhai, asesor del despacho del director de la DGI, dijo que estas actividades pueden seguir facturando con el método que usan actualmente, mientras se reglamenta la fecha de implementación.
Dijo que durante giras y conversatorios han notado que faltaba mayor docencia por parte de la DGI entre estos profesionales y que el objetivo es que, a medida que se conozca mejor la herramienta, se vayan incorporando de manera voluntaria.
Consultado sobre una eventual fecha de implementación, Anilbhai dijo que “nosotros no tenemos planeada en estos momentos ninguna fecha para que las profesiones liberales se incorporen obligatoriamente a la factura electrónica”.
No obstante, recordó que el profesional que voluntariamente quiera adoptar el sistema lo puede hacer. De igual forma, la obligación de facturar sigue vigente.
Adopción
Las actividades que sí deben adoptar el nuevo método de facturación el próximo año pueden optar por factura electrónica o equipos fiscales que incorporen dispositivos conectados con la DGI. Mitre considera que la tendencia dominante para este grupo va a ser la factura electrónica porque, dijo, tiene ventajas sobre los equipos fiscales. Se refirió, por ejemplo, a que no habría gastos de custodia y mantenimiento de papelería, ni de mantenimiento del equipo fiscal, además de brindar ventajas desde el punto de vista de gestión del negocio.
La administración tributaria lo promueve además porque facilita su labor fiscalizadora.
La implementación de la factura electrónica es en buena medida voluntaria, pero también se ha establecido su obligatoriedad para algunos grupos. Por ejemplo, todo nuevo contribuyente registrado en la DGI a partir de enero de 2022 ya debe estar utilizando factura electrónica.
Igualmente, a partir del 30 de julio de este año, los proveedores del Estado deberán presentar facturas electrónicas. Lian Vásquez, jefa del Departamento de Factura Electrónica de la DGI, explicó que las entidades de Gobierno reciben un promedio de 1,200 facturas electrónicas mensualmente.
Hay dos vías para adoptar la factura electrónica, dependiendo del volumen del negocio. Aquellos contribuyentes que generen menos de 200 facturas al mes y menos de $1 millón en ingresos al año, pueden utilizar un facturador gratuito que provee la DGI. Por su parte, las empresas que tengan un volumen de actividad superior, deberán hacerlo a través de Proveedores de Autorización Calificados (PAC), cuyo costo debe ser asumido por el contribuyente.
Vásquez señaló que al 30 de junio había 7,400 usuarios afiliados a la factura electrónica, la mayoría a través del facturador gratuito.