Jorge Nicolau advierte del peligro de concentrar los fondos de reserva en un solo administrador



Jorge Nicolau, consultor y analista de sistemas de pensiones se presentó ante la Comisión de Salud, Trabajo y Desarrollo Social de la Asamblea Nacional para hacer una evaluación de la crítica situación del sistema de pensiones y las modificaciones que necesita el proyecto de ley presentado por el gobierno de José Raúl Mulino.

Fue crítico respecto al alcance e independencia que debe tener la junta directiva de la Caja de Seguro Social (CSS), también hablo de la necesidad de hacer mejoras en la gobernanza y la definición de varios elementos fundamentales en la política de inversiones que se plantea en el proyecto de ley.

Según Nicolau, el déficit del Sistema Exclusivo de Beneficio Definido (SEBD) es alarmante: $76 mil millones a valor presente y $255 mil millones acumulados. Este problema se agrava si se considera el sistema mixto, alcanzando un déficit proyectado de $386 mil millones para 2095 sin ajustes.

Por qué son necesarias las medidas paramétricas

La principal razón detrás de las medidas paramétricas radica en el aumento de la esperanza de vida. “Ningún sistema de pensiones está diseñado para sostener las demandas de poblaciones longevas. En Europa, países como Suecia o Italia han implementado sistemas de indexación automática de la edad de jubilación”, explicó.

Con medidas paramétricas, se refiere al cambio en la edad de jubilación, alza de cuotas, mayores contribuciones del Estado y ajustes en la cuota obrero-patronal.

El experto enfatizó que administraciones pasadas incumplieron la Ley 51 de 2005, que exige mantener reservas equivalentes al 2.25 veces el egreso o gasto anual. La omisión de ajustes recomendados por la Junta Técnica Actuarial agravó la crisis, dejando al sistema en un estado crítico.

Jorge Nicolau advierte del peligro de concentrar los fondos de reserva en un solo administrador
El proyecto de ley propone cambios en la edad de jubilación, para las mujeres menores de 50 años y los hombres menores de 55 años. La edad de jubilación cambiaría a 60 años y 65 años, respectivamente. Archivo

La reforma: un sistema nocional de pensiones

La propuesta del gobierno introduce un sistema nocional inspirado en modelos internacionales que combinan el esquema de Beneficio Definido (BD) y Contribución Definida (CD).

Sin embargo, Nicolau advirtió sobre el reto de garantizar sostenibilidad y suficiencia en un contexto de déficit creciente. “El éxito de este sistema depende de estudios actuariales periódicos y transparentes, como lo indican experiencias internacionales”, afirmó.

“Estas reformas no son solo necesarias, son inevitables. De su correcta implementación depende el futuro de las pensiones de más de dos millones de panameños”.

Jorge Nicolau

Artículos del proyecto de ley que deben reformarse

Nicolau identificó aspectos críticos del proyecto de ley que requieren ajustes para fortalecer la gobernanza y reducir riesgos:

  • Artículo 28: Facultades de la junta directiva

  • Propuesta actual: La junta directiva solo puede solicitar a la Dirección General que ordene auditorías. Cambio necesario: A su juicio, la junta directiva debe tener autonomía para ordenar auditorías externas. “Depender de la dirección general para esta tarea genera conflictos de interés y va en contra de las mejores prácticas de gobernanza”, aseguró. Además, sugirió que las auditorías sean realizadas por organismos internacionales reconocidos.

  • Artículo 105: Inversiones de los fondos

  • Propuesta actual: Permite delegar la administración total del Fondo General de Reserva a un solo administrador.

  • Cambio necesario: Nicolau recomendó prohibir la delegación total a un único administrador debido al alto riesgo para los cotizantes. “No estamos de acuerdo con que se delegue la totalidad del fondo de reserva a un solo administrador por el riesgo que esto supone para los más de dos millones de panameños que confían en que tendrán sus pensiones dignas al momento de su jubilación”, sentenció.

La norma establece que la dirección general de la CSS podría delegar la administración de una parte o la totalidad de los recursos del fondo general de reserva a personas jurídicas con licencia de administrador de inversiones, ya sea de Panamá o de otras jurisdicciones, a través de las leyes de contratación pública aplicables.

El panorama se torna preocupante, considerando que este fondo podría alcanzar entre 20 mil y 40 mil millones de dólares en el tiempo.

“El que estas contrataciones se sometan a las leyes de contratación pública aplicables nos llena de terror, ya que a través de estas leyes es que se han hecho todas las contrataciones donde luego aparecen que ha habido favoritismos y pago de coimas importantes. Esto es un riesgo mayor que no debemos tomar”, alertó.

En este tema precisó que será fundamental implementar medidas estrictas que se basen en las regulaciones del Fondo de Ahorros de Panamá y en las mejores prácticas internacionales. Establecer criterios rigurosos para las administradoras de fondos, más allá de la simple posesión de una licencia emitida por la Superintendencia del Mercado de Valores de Panamá o su equivalente en el extranjero.

Recordó que no todas las entidades con dichas licencias cuentan con la solidez financiera necesaria para gestionar fondos de la magnitud que representan los ahorros de los trabajadores.

Jorge Nicolau advierte del peligro de concentrar los fondos de reserva en un solo administrador
Jorge Nicolau, consultor y estudioso de la crisis de la CSS.
  • Artículo 156: Valuación actuarial

  • Propuesta actual: Limita las proyecciones actuariales a un período de 10 años.

  • Cambio necesario: Incluir proyecciones actuariales de largo plazo (84 años) y hacerlas públicas anualmente. “Esto permitirá evaluar la sostenibilidad financiera del sistema en el tiempo”.

  • Artículo 170: Cálculo de la pensión

  • Propuesta actual: Utiliza una tasa del 15% anual para el cálculo, pero no explica el destino del 18% de las cuotas.

  • Cambio necesario: Incluir un parágrafo que aclare que el 1.5% adicional se destina a un seguro de renta vitalicia y otro 1.5% a un fondo solidario para hacer frente a las fluctuaciones.

  • Artículo 178: Monto máximo de las pensiones

  • Propuesta actual: No detalla que este límite aplica solo al SEBD.

  • Cambio necesario: Aclarar que la disposición no afecta a los cotizantes del sistema mixto.

  • Jubilación mínima: La jubilación mínima actual de $265 no se ha ajustado en años. Nicolau propuso que se base en el promedio de la canasta básica nacional.

  • Creación de un regulador de pensiones: Nicolau destacó la ausencia de un organismo independiente que supervise los fondos. “Es imperativo establecer un regulador que garantice transparencia, siguiendo recomendaciones internacionales como las del FMI o el Banco Mundial”, señaló.



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