Una vez aprobado el proyecto que subroga la Ley 58 de 2002, presentado ayer en la Asamblea Nacional, Panamá podrá aplicar un impuesto de dividendo de hasta 40% a las empresas procedentes de Estados que hayan sido incluidos en la lista de naciones que toman acciones discriminatorias contra el istmo.
En el aspecto migratorio o laboral, el Gobierno panameño tendrá la facultad de solicitar visa de entrada o no otorgar permisos de trabajo a los ciudadanos de estos países, entre otras disposiciones. Para ello, las autoridades deben esperar por la aprobación del proyecto de ley presentado en el pleno legislativo por el ministro de Economía, Dulcidio De La Guardia.
Estas son algunas de las herramientas que se contemplan en el anteproyecto, cuya discusión tomó cerca de un año y que el Consejo de Gabinete aprobó el pasado 2 de agosto.
De La Guardia subrayó ayer que “será una ley que le permitirá a Panamá tener herramientas más efectivas que las que tenemos hasta el día de hoy para defender los intereses del país”.
La ley actual solo contempla restricciones para participar en contrataciones públicas. Ahora “se nos amplía el abanico de alternativas que podemos utilizar” a medidas arancelarias, fiscales, tributarias y migratorias, apuntó el ministro de Comercio e Industrias, Augusto Arosemena, quien presentó el proyecto en conjunto con De La Guardia.
“La otra diferencia es que simplifica el proceso mediante el cual se puede adoptar una medida: no hay plazos que cumplir. El proyecto agiliza y amplía”, apuntó.
ENTRADA A LA LISTA
Una vez que se identifica que un país ha tomado medidas discriminatorias que afectan a Panamá fiscal o comercialmente, el Ministerio de Economía, el de Comercio e Industrias y/o la Cancillería elaborarán un informe de evaluación mediante el cual se analizan los efectos de una acción restrictiva adoptada por un país.
Estas tres instituciones, actuando conjuntamente mediante una resolución interministerial, determinarán qué Estado debe ingresar en la lista de países que discriminan a Panamá.
El Consejo de Gabinete decidirá finalmente si corresponde tomar o no una medida de retorsión ante este país. En caso afirmativo, se le notificará, vía diplomática, a las autoridades del Estado discriminatorio a iniciar conversaciones y negociaciones atinentes a corregir o eliminar las medidas restrictivas en cuestión, y a presentar argumentos que consideren oportunos para sustentar la aplicación de las mismas y su exclusión de la lista.
SALIDA DE LA LISTA
Para que ello se concrete, el Gobierno panameño debe recibir una confirmación de las autoridades del Estado que discrimina, incluyendo: que las discriminatorias o restrictivas han sido eliminadas y sus efectos han cesado; o garantías suficientes de que estas serán eliminadas o modificadas a efectos de cesar los efectos restrictivos; o que demuestren que dicha medida no tiene efectos discriminatorios o restrictivos.
Confirmadas cualquiera de estas disposiciones, el Consejo de Gabinete decidirá suspender o retirar las medidas de retorsión que se hayan aplicado.
herramientas
Además del ya mencionado aumento en el impuesto de dividendo, se prevé un incremento sustancial al impuesto a las remesas que envían desde Panamá ciudadanos de esos países, regalías e intereses.
Además, se restringirá o suspenderá el otorgamiento de nuevas licencias o concesiones a las empresas originarias de esos países, incluyendo de comercio, servicios públicos, transporte terrestre, aéreo o marítimo, de extracción, explotación de metales, hidrocarburos, uso de suelos, subsuelos, suelo marítimo, recursos naturales, o renovables de cualquier tipo.
También se plantea limitar el movimiento de transporte terrestre, aéreo y marítimo de carga y de pasajeros.
Aunque De La Guardia evitó mencionar si ya se considera algún país, Arosemena subrayó que “Colombia sería una de las primeras consideraciones que tendrá el Consejo de Gabinete, una vez el proyecto se vuelva ley de la república”.
Esto, en referencia a una disputa comercial entre Panamá y Colombia ante la Organización Mundial del Comercio por un arancel mixto a la importación de calzados y textiles desde la Zona Libre de Colón (ZLC). Aunque el organismo ya falló dos veces a favor del istmo, el vecino sudamericano ha ampliado la medida hasta noviembre de este año.