OMC falla contra Colombia y Estados Unidos

OMC falla contra Colombia y Estados Unidos


La Organización Mundial del Comercio (OMC) confirmó, aunque con ciertos cambios con respecto a un dictamen anterior, que las medidas antidumping colombianas contra la importación de patatas fritas de tres países de la Unión Europea son inconsistentes con las leyes comerciales internacionales.

El mecanismo de arbitraje solicitado por Colombia para recurrir la anterior decisión de un panel de la OMC confirmó la decisión y solicitó al país suramericano que modifique estas medidas, aplicadas a la importación de patatas procedentes de Países Bajos, Bélgica y Alemania.

Pese a ello, los miembros del mecanismo de arbitraje consideraron, a diferencia del anterior dictamen del panel, que el uso de información sobre precios en terceros países para determinar si había o no ‘dumping’ en las exportaciones sí era una causa razonable para que Colombia iniciara sus investigaciones.

En junio de 2020, la UE inició la disputa formal ante la OMC por las medidas antidumping de Colombia, y un panel dictó en primera instancia que éstas no eran consistentes con las regulaciones internacionales, dando con ello la razón a Bruselas.

Colombia podía recurrir la decisión ante el procedimiento convencional de la OMC, cuya instancia máxima sería el Órgano de Apelación, pero éste se encuentra paralizado desde finales de 2019 por la negativa de Estados Unidos a permitir la elección de nuevos jueces que lo conformen.

En consecuencia, Colombia optó por una vía alternativa, la del mecanismo de arbitraje, que hasta ahora se había utilizado sólo en dos ocasiones: en 2001, por una disputa entre Washington y Bruselas por derechos de autor, y en julio de este año en un contencioso de los Veintisiete con Turquía en torno al sector farmacéutico.

Fallo contra EU

El reciente requisito impuesto por Estados Unidos de etiquetar como ‘made in China’ (fabricados en China) los productos de Hong Kong viola los acuerdos comerciales internacionales, dictaminó un panel de la OMC.

Esta práctica, aplicada debido a las crecientes tensiones políticas entre Pekín y Washington como represalia por las actitudes del régimen comunista ante los movimientos de protesta en Hong Kong, incumple según la OMC las obligaciones de EU con la excolonia, a la que otorgaba la cláusula de nación más favorecida en el comercio.

Las autoridades estadounidenses justificó la suspensión de esa cláusula, y con ello la obligación del etiquetado ‘made in China’, en necesidades de seguridad nacional, pero el panel de la OMC ha considerado inválido ese argumento, ya que en su opinión la actual situación no supone una emergencia en las relaciones internacionales que lo justifique.

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