La compañía Campos de Pesé, S.A. no logró la recompensa que buscaba por parte de Panamá, ante el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI). Esta instancia dijo que la empresa “fracasó” en sus alegatos, por lo que el tribunal declinó de su jurisdicción.
El Ministerio de Economía y Finanzas estaba a cargo de la defensa del país, a través de la Oficina de Arbitraje de Inversiones, junto a la firma estadounidense Greenberg Traurig LLP.
Hace cuatro años, Campos de Pesé demandó al país bajo el fundamento del tratado bilateral de inversión entre Italia y Panamá, argumentando que era una compañía bajo el control de ciudadanos italianos, que había sido perjudicada por el Estado panameño y reclamaba una indemnización de cerca de $100 millones.
Su queja era que en el año 2014 Panamá había modificado la regulación del régimen del etanol, de tal forma que había destruido el valor de su inversión.
En ese momento, los directivos de la empresa advertían que el gobierno de Juan Carlos Varela estableció un cerco financiero luego que la Secretaría Nacional de Energía redujo el precio de venta del etanol. Los funcionarios alegaban que la medida era para beneficiar a los consumidores.
Pero según Campos de Pensé, el precio fijado hacía inviable la operación desde el punto de vista económico.
Pero para esa época este no era el único escollo que había tenido en Panamá. En el año 2016 Campos de Pesé fue encontrada culpable por el delito contra el ambiente y ordenamiento territorial, específicamente contra los recursos naturales.
A la empresa se le inició un proceso por la contaminación del río La Villa con atrazina, ocurrida a mediados de junio del año 2014.
En lo que respecta al caso arbitral, Panamá alegó que Campos de Pesé no podía demostrar que los nacionales italianos controlaban la empresa cuando se dieron las supuestas violaciones comerciales en el año 2014 y tampoco que eran mayoría en la composición accionaria.
La empresa, estaba organizada bajo una compleja estructura corporativa y fiduciaria, que incluso pidió que se mantuviese en confidencialidad en el proceso arbitral.
El tribunal determinó que las 26 personas que supuestamente poseían nacionalidad italiana, no controlaban directa o indirectamente Campos de Pesé, y por lo tanto el demandante no es un inversionista protegido por el tratado bilateral entre Panamá e Italia.
El tribunal decidió que no tenía jurisdicción sobre las reclamaciones presentadas por el demandante.
“Tras años de presentación de escritos, producción de información sobre estructura de control de Campos de Pesé, S.A., y una audiencia celebrada en junio del 2023, Panamá logró una victoria contundente para el Estado, teniendo el derecho a recobrar los costos incurridos en el arbitraje para su defensa, estimados en alrededor de $1.6 millones”, indicó el MEF, respecto al fallo arbitral del pasado 1 de marzo.