Los $567 millones que el Estado recibió por parte de Minera Panamá producto de las obligaciones establecidas en el contrato ley, no serán utilizadas por el Gobierno y se mantendrán en una cuenta restringida en el Banco Nacional de Panamá.
Así lo comunicó el pasado jueves el presidente Laurentino Cortizo y lo validó el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), lo que dio paso automático a cuestionamientos por dicha medida, las razones que la impulsan y en base a qué se toma tal decisión, especialmente porque se trata de pagos retroactivos, en gran medida.
Cuando el presidente dio el anuncio, inmediatamente le respondieron vía X que si no era mejor que Minera Panamá no depositara los fondos que se derivaban de un contrato que puede perder vigencia; otros advertían que el dinero era por operaciones de 2021 a 2023 y por esta razón ya le pertenecía Panamá. Algunos, incluso, renegaban de los fondos por tratarse de una actividad extractiva que no quieren en el país.
Según lo acordado entre Minera Panamá S.A. y el Estado, a los 30 días después de sancionado el contrato, la empresa debía realizar los pagos iniciales para cubrir los impuestos y regalías hasta finales del año 2022, los cuales ascienden a aproximadamente a $395 millones.
Esto corresponde a una especie de finiquito, vinculado al período fiscal que va entre el 22 de diciembre del 2021 hasta el 31 de diciembre de 2022.

Además, debía efectuar pagos correspondientes a los impuestos corporativos del año 2023, así como pagos trimestrales de regalías, todo dentro del mismo plazo de 30 días.
Del total de los $567 millones, la Dirección General de Ingresos recibió de Minera Panamá la suma de $562.8 millones. Y adicional, el Ministerio de Ambiente y los municipios de Donoso y Omar Torrijos Herrera, recibieron $4.2 millones que corresponden al pago de uso de agua, canon superficial y derechos de uso y servidumbre.
Este desembolso inicial, cubre el período comprendido entre diciembre de 2021 y octubre de 2023, dijo Minera Panamá en un comunicado.
Aunque cuando finalice el año 2023, se supone que los aportes totales de la empresa minera serán de $770 millones.
“Dado que se está a la espera del fallo de la Corte Suprema de Justicia, he impartido instrucciones precisas al MEF para que estas sumas de dinero recibidas a la fecha no puedan ser utilizadas”, indicó Cortizo.

En la Corte Suprema de Justicia hay 10 demandas de inconstitucionalidad presentadas ante la secretaría general de este órgano estatal contra la Ley 406 del 20 de octubre de 2023, que adoptó el contrato entre el Estado panameño y Minera Panamá, S.A.
Iván Zarak, exviceministro de Economía, explicó que el primer paso es reconocer dichos ingresos en las cuentas fiscales de este año. " Y si lo quieren incorporar o utilizar como parte del presupuesto, tienen que aprobar un crédito adicional”.
“Si el contrato se declara inconstitucional, entonces quedan varias opciones sobre la mesa y en función de las mismas, diferentes resultados. Mientras, tanto, el Estado y la mina tienen que cumplir con lo establecido en el contrato”, sentenció.
“En la condición que está el país es mejor que no lo gasten, aunque sí lo deben reconocer como ingreso este mismo año”, recalcó el exviceministro de Economía.

El abogado Rodrigo Noriega cree que la razón detrás de las restricciones del uso del dinero y la espera del fallo es más bien operativa, “ya que si se cumple con el contrato tendrían que hacer la repartición de panes y peces: el aumento de la pensión a los jubilados, los aportes a la Caja Seguro Social y el fideicomiso Conquista del Atlántico. Si la Corte Suprema de Justicia declara que el contrato es inconstitucional, el Gobierno usará el dinero para el presupuesto general del Estado, salvo que la Asamblea apruebe otro uso”.
De acuerdo con el contrato, se estableció que la distribución de fondos sería la siguiente:
20% se asignará a aumentar las jubilaciones y pensiones a $350 mensuales,
25% se asignará a proyectos en los municipios de Donoso y Omar Torrijos en área de caminos, acueductos, electrificación, hospitales e infraestructura deportiva.
5% se destinará a la construcción y desarrollo del Instituto para el Perfeccionamiento y Bienestar del Docente, con el objetivo de actualizar la teoría y práctica de la enseñanza en las aulas de clase.
50% de los fondos se asignará al Programa Invalidez, Vejez y Muerte (IVM) de la Caja de Seguro Social.
Según la secretaría General de la Corte Suprema de Justicia, a partir del próximo 24 de noviembre, este tribunal se declarará en sesión permanente para debatir la decisión de las demandas de inconstitucionalidad de la Ley 406 del 20 de octubre del 2023. Con anterioridad, en diciembre de 2017 y junio de 2021, el Pleno de la Corte Suprema de Justicia decidió de forma unánime, en ambas ocasiones, que la Ley 9 de 1997, antecedente directo de la Ley 406 era inconstitucional.