La Organización Mundial del Comercio falló a favor de Costa Rica en la disputa comercial que restringía el ingreso de productos lácteos, cárnicos, piña, fresas, banano y plátanos a territorio panameño.
Panamá alegaba que las plantas lácteas de Costa Rica no contaban con certificaciones, razón por la cual fueron inhabilitadas. Además, también se restringió el ingreso del resto de los productos por medidas fitosanitarias.
Un grupo arbitral de la OMC dio la razón a Costa Rica en un litigio con Panamá por las restricciones que impuso en 2019 y 2020 a la importación de una serie de productos agropecuarios costarricenses.
Alicia Jiménez, presidenta de Fedecámaras que agrupa empresas del sector comercio, industria y agropecuario, dijo que ahora le corresponde a Panamá apelar este fallo y que vuelva la OMC a reevaluar su dictamen, pues el país cuenta con suficientes argumentos que comprueban que las restricciones aplicaban debidamente.
“Así nos pasó con una demanda que tuvimos con Colombia y luego se apeló y se presentaron evidencias y la OMC falló a favor de Panamá”.
Jiménez recordó que las restricciones las impuso Panamá porque no se cumplían algunas normas fitosanitarias y reglas. “Mientras los países están en disputa se suspenden las importaciones de los rubros que están involucrados hasta que esto se resuelva”.
La presidenta de Fedecámaras dijo que durante todos estos años no se ha presentado escasez ni de carne, ni de quesos ni lácteos por las restricciones a Costa Rica.
Por su parte, Natzaré Bermúdez, presidenta de la Asociación Nacional de Procesadores de Leche, dijo que recibieron la notificación del falló pero aún es prematuro calificar la medida como una decisión que favorece a Costa Rica, pues es muy extenso el documento y debe ser analizado por los técnicos principalmente por las recomendaciones que hace la OMC.
“Es prematuro decir que Costa Rica ganó, porque es un laudo muy largo y completo, donde tiene recomendaciones y vamos a analizar este fallo para poder dar nuestras consideraciones con el análisis técnico previo que se hará al documento”, indicó Bermúdez.
Además, sostuvo que la posición de la industria láctea panameña es proteger el patrimonio fitosanitario del país y garantizar los mejores productos alimenticios.
Recordó que las restricciones impuestas por Panamá en el caso de los lácteos abarcaba desde leche fresca, nata, crema de leche y otros derivados debido a que las plantas ticas no estaban certificadas por Panamá.
“Se está buscando un asesoramiento con las autoridades del MICI que llevan adelante el tema de las normativas y procesos ante la OMC para poder saber los pasos que seguirá el país en esta materia”, añadió la presidenta de Anaprole.
Costa Rica saca sus argumentos
El Ministro de Comercio Exterior (Comex) de Costa Rica, Manuel Tovar,dijo en entrevista con el medio El Observador que se espera que la disputa con Panamá se resuelva cuanto antes para volver a exportar productos al istmo.
Recordó que el comercio natural entre Costa Rica y Panamá de productos agropecuarios se vio interrumpido en 2020, cuando el gobierno de Laurentino Cortizo, a través de la Autoridad Panameña de Seguridad de Alimentos (Aupsa) inhabilitó 26 plantas de alimentos costarricenses, en su mayoría de cárnicos y lácteos, lo que imposibilitaba desde el punto de vista sanitario, el ingreso de estos productos al país.
Pero no fueron los únicos productos perjudicados por restricciones, anteriormente en 2019 se había paralizado la importación a suelo panameño de banano y plátano de origen tico, por revisión de las normas de control y nunca se renovaron los permisos.
Igual sucedió con la piña fresca que está restringida desde 2019, a la espera de certificaciones sobre el manejo de la plaga de la cochinilla rosada, según relató Manuel Tovar,
Adjuntos
Fallo de la OMC.pdfEl fallo emitido por el grupo de arbitraje de la Organización Mundial del Comercio, debe ser adoptado por Panamá entre 20 a 60 días, sin embargo, las autoridades panameñas, en este caso del Ministerio de Comercio e Industrias, pueden apelar la decisión y argumentar las razones por las cuales no se han levando las restricciones de importación al país vecino.