Este viernes 27 de diciembre, la Superintendencia de Bancos de Panamá publicó en la Gaceta Oficial la resolución general de la junta directiva del ente regulador, SBP-GJD-PSO-R-2024-00662, que autoriza a las instituciones financieras aceptar el pasaporte vencido de los ciudadanos venezolanos para realizar trámites bancarios.
La medida, que estará vigente hasta el 4 de abril de 2025, se fundamenta en la resolución adoptada por el Ministerio de Seguridad Pública, que otorgó una prórroga de seis meses a la vigencia de los pasaportes vencidos a partir del 1 de septiembre de 2023, pertenecientes a ciudadanos venezolanos que se encuentren en el territorio panameño.
La Superintendencia de Bancos informó que el documento idóneo para la identificación de un cliente extranjero es el pasaporte vigente. Sin embargo, en este caso particular, los ciudadanos venezolanos podrán realizar operaciones financieras con este documento vencido.
Asimismo, los bancos pueden aceptar el documento de residencia en Panamá emitido por el Tribunal Electoral y el carné de refugiado expedido por el Servicio Nacional de Migración, en caso de que aplique.
El regulador bancario reiteró que cada institución financiera debe realizar los trámites de verificación de la identidad de las personas como parte de la debida diligencia, para prevenir delitos como el lavado de dinero, el financiamiento al terrorismo y otras irregularidades.