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¿Reforma Tributaria en Panamá?

En las propuestas económicas de los candidatos presidenciales no observamos nada que permita esperar una reforma integral o parcial tributaria, en un eventual gobierno. Es probable que, esa omisión sea por el costo del capital político que representaría el aumento de impuestos a los ciudadanos.

¿Reforma Tributaria en Panamá?
Panamá registra un bajo nivel de recaudación de impuestos. LP Richard Bonilla

En el reciente informe “Panorama de oportunidades Panamá” elaborado y publicado por el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) se destaca que Panamá tiene la recaudación más baja de América Latina y Caribe, la cual representa un 8,5% del Producto Interno Bruto (PIB) en contraste al 16% promedio de la región. Asimismo, el informe resalta que la evasión del Impuesto de Transferencia de Bienes Muebles y Servicios (ITBMS) se estima en un 40% mientras que el gasto tributario del impuesto sobre la renta a las empresas se encuentra entre 1% al 1.5% del PIB.

Ante esta situación fiscal, se genera la expectativa de una justificada reforma tributaria en los próximos años.

En las propuestas económicas de los candidatos presidenciales no observamos nada que permita esperar una reforma integral o parcial en un eventual gobierno de cualquiera de los candidatos. Es probable que, esa omisión sea por el costo del capital político que representaría el aumento de impuestos a los ciudadanos.

Ahora bien, lo que proponemos no es evaluar la popularidad de una futura reforma tributaria a cargo de un próximo gobierno, sino más bien iniciar el debate sobre la necesidad de una reforma tributaria que tenga como principal objetivo la progresividad tributaria que facilite el aumento de los ingresos tributarios del país permitiendo simultáneamente la reducción del déficit fiscal y la garantía de un financiamiento adecuado para el gasto en educación y salud de los ciudadanos, imprescindibles en el contrato social.

En el marco de una reforma tributaria que persiga incrementar los ingresos tributarios, grosso modo, se pudiera aplicar dos tipos de política: (a) Aumento de las tarifas de los principales impuestos; (b) Modernización del sistema tributario en su conjunto. En este sentido, somos de los que opinan que una reforma tributaria no necesitaría aumentar las alícuotas generales del Impuesto de Transferencia de Bienes Muebles y Servicios (ITBMS) y del Impuesto sobre la Renta. En su lugar, lo que se requiere sería la modernización en una primera fase de los principales impuestos garantizando los principios de capacidad contributiva, los derechos de los contribuyentes y la eficiencia recaudatoria de la administración tributaria.

Para la modernización de las normas tributarias será fundamental desarrollar en las leyes tributarias la configuración adecuada de los hechos imponibles para fortalecer la obligación tributaria de los principales impuestos, precisar las responsabilidades de los sujetos pasivos en su carácter de contribuyente o responsable, y fomentar programas de cumplimiento tributario voluntario que promuevan el civismo fiscal de los contribuyentes.

Con respecto a los derechos de los contribuyentes, es necesario revisar los procedimientos de determinación y defensa establecidos en el Código de Procedimiento Tributario, así como sistematizar y unificar las cláusulas generales y especificas antiabusos de manera que se garantice la seguridad jurídica de los contribuyentes. Entre otros aspectos de derecho tributario sustantivo.

Otros aspectos fundamentales, de la modernización de las normas tributarias, sería en primer lugar la actualización del Impuesto de Transferencia de Bienes Muebles y Servicios (ITBMS) a un sistema de Impuesto al Valor Agregado fortaleciendo el “principio de destino”, revisando la sujeción de los bienes y servicios gravables, así como los mecanismos de créditos y débitos. En segundo lugar, tendríamos la adaptación del Impuesto Sobre la Renta a la hechos y circunstancia de la economía digital e implementación de mecanismos que eviten el traslado de beneficios y la erosión de la base imponible panameña. En ambos impuestos, se hace necesario un estudio técnico de las exoneraciones y las tasas de cumplimiento efectivas.

Adicionalmente, en una reforma tributaria será necesario evaluar las asimetrías de cumplimiento en las obligaciones tributarias en los regímenes fiscales preferentes en el país, como las Zonas Libres, Áreas Económicas Especiales y Zonas Francas. Asimismo, se requiere estudiar la efectividad del gasto tributario en el fomento de la actividad económica y la generación de empleos, así como estandarizar las alícuotas y los criterios de sustancia económica en los mismos.

En los últimos años, ha habido un desarrollo importante en el cumplimiento tributario en Panamá, con la masificación de la factura electrónica, el Foro de Grandes Contribuyentes y los Núcleos de Apoyo Contable y Fiscal (NAF). No obstante, es impredecible desarrollar la autonomía funcional y financiera de la Dirección General de Ingresos del Ministerio de Economía y Finanzas a fin de fortalecer a la Administración Tributaria, qué en definitiva sería el ente que ejecutaría la reforma tributaria.


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