Reglamentan la ley de registros contables a sociedades anónimas

Reglamentan la ley de registros contables a sociedades anónimas
Dirección General de Ingresos.


El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) reglamentó, mediante un decreto, la Ley 254 de 2021, que establece la obligación de mantener registros contables y documentación de respaldo para sociedades anónimas.

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Extienden por tres meses el plazo para la entrega de registros contablesAbogados tendrán la obligación de certificar información contable de sociedades ‘offshore’; no hay excepción

Para los abogados, se trata de un importante paso que resuelve “el problema de los asientos contables” entre otros procesos.

“Después de años de lucha, el Colegio Nacional de Abogados logra, en conjunto con las autoridades, la sanción del decreto”, indicó el Colegio Nacional de Abogados.

De acuerdo con la Ley 52 del 27 de octubre de 2016, modificada por la Ley 254 del 11 de noviembre de 2021, se establece la obligación de que los agentes residentes entreguen, ante la Dirección General de Ingresos (DGI), una declaración jurada anual que contenga una lista de las personas jurídicas para las cuales ejercen el servicio de agente residente.

El Decreto Ejecutivo 177 del 30 de diciembre de 2024 establece que, a partir del 1 de enero de 2025, la obligación de reportar a la DGI deberá cumplirse a más tardar el 15 de junio de cada año.

Además, se destaca que la presentación de este documento relevará al agente residente del deber de custodia de registros contables y documentos de respaldo. Esto, de conformidad con el artículo 22 de la Ley 254, dado que “el objetivo final de dichos registros contables es poder elaborar estados financieros”.

Adjuntos

Decreto ejecutivo 177.pdf

Esta legislación surge como parte de los acuerdos suscritos por Panamá para el intercambio de información tributaria.


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