Que Grupo Empresas Bern (GEB) honre su palabra y cumpla con el laudo arbitral que le condenó a pagar $77.8 millones a sus socios en el centro comercial Town Center.
Esa es la petición de Costa del Este Town Center (Grupo Town Center), después de que su contraparte en el proceso alegara que el laudo arbitral está “contaminado por evidentes vicios de nulidad” y alegara una supuesta “manipulación externa”. GEB también les acusó de haber filtrado el fallo a los medios de comunicación.
En un comunicado divulgado este viernes 7 de junio, Grupo Town Center negó los señalamientos de GEB. y recordó que ambas partes acordaron recurrir a un arbitraje conjuntamente y que, de hecho, la selección de los tres árbitros se hizo en común acuerdo.
Sobre los árbitros Adán Arnulfo Arjona, Narciso Arellano Moreno y Jaime Mora, del Centro de Conciliación y Arbitraje de Panamá (CeCAP), Grupo Town Center remarcó que son tres abogados “de innegable probidad”.
“La selección de los tres árbitros fue una decisión conjunta y se debió a que ambas partes convenimos en dotar de la mayor confianza al citado tribunal arbitral”, señala el comunicado.
Agrega que “de forma similar a lo manifestado por Empresas Bern, Grupo Town Center no dudará en acudir a las instancias requeridas para defender los derechos que les fueron reconocidos como consecuencia del arbitraje”.
El laudo firmado por los árbitros Arjona, Arellano y Mora, el 24 de mayo pasado, ordena a GEB a pagar $77.8 millones a Costa del Este Town Center, S.A. y las sociedades Inversiones Panamá Viejo y Townshare (presididas por Raimundo Casimiro López Arango y Alberto Motta Page, respectivamente), en concepto de daños, costas e incumplimientos en la construcción del centro comercial en Costa del Este.
“El tribunal arbitral ha podido constatar el cúmulo de incumplimientos en que incurrió Grupo de Empresas Bern en cuanto a sus obligaciones como administrador del proyecto, inobservancia inexcusables del SHA [Shareholders Agreement], falta de obtención de autorizaciones de la junta directiva de Town Center para la contratación de servicios, entre otras”, señala el tribunal en su laudo.
Las dos partes son socias en Town Center. En 2013, cuando todo empezó, el control era a partes iguales: cada uno tenía una mitad. Pero luego eso cambió: GEB quedó con el 25% de las acciones; Townshare, con otro 25%, e Inversiones Panamá Viejo, con el 50%.
El mismo tribuna arbitral rechazó todos los reclamos de GEB, que sumaban $61.1 millones.
El laudo arbitral, que es “final, obligatorio y vinculante”, se fundamenta en la Constitución, los códigos de Comercio y Civil de Panamá, la Ley 131 de 2013 (que regula el arbitraje comercial) y el reglamento de arbitraje del CeCAP.
Las partes pueden solicitar al tribunal arbitral que haga “correcciones” en los errores de cálculo o tipográficos.
El único recurso que cabe es una demanda de nulidad ante la Sala Cuarta de Negocios Generales de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), como dicta el artículo 66 de la Ley 131 de 2013. En esa demanda solo se pueden invocar causales de forma, que no están relacionadas con la controversia o materia que haya sido resuelta mediante el arbitraje.