INDUSTRIA MARíTIMA

ACP hará audiencia para modificar peajes

ACP hará audiencia para modificar peajes
La implementación de las modificaciones a la estructura de peaje está prevista para el 1 de octubre de 2017.

La Autoridad del Canal de Panamá (ACP) desarrollará mañana la audiencia para escuchar los comentarios sobre la propuesta de modificaciones a la estructura actual de peajes, como parte del proceso para su aprobación.

El documento fue publicado el 2 de junio para recibir formalmente comentarios de la industria durante un periodo de 30 días. De acuerdo con las reglas establecidas, la ACP considerará toda la correspondencia recibida hasta las 4:15 p.m. (hora local), de ayer 3 de julio, así como los comentarios y opiniones que se formulen durante la audiencia.

Esta propuesta surge luego que el administrador del Canal, Jorge Luis Quijano, y ejecutivos de la ACP se reunieron con clientes y representantes de la industria.

“Estas reuniones con clientes en Asia, Europa y Norteamérica fueron muy provechosas y nos permitieron comprender mejor la actualidad de la industria”, indicó el administrador del Canal, tras la publicación de la propuesta.

Luego de un análisis exhaustivo de los comentarios recibidos en estas reuniones y también de la utilización y productividad actual de las esclusas neopanamax, se determinó que es necesario ofrecer incentivos adicionales al segmento de portacontenedores –el mayor usuario del Canal ampliado– revisar los peajes de buques de gas licuado de petróleo (GLP) y gas natural licuado (GNL), además de reasignar los buques de contenedores/carga suelta a granel.

Las modificaciones fueron aprobadas por la junta directiva del Canal de Panamá el pasado 25 de mayo de 2017.

“La propuesta de modificaciones asegura la competitividad de la vía interoceánica, el valor de la ruta, y facilita el objetivo del Canal de ofrecer un servicio eficiente y confiable a la comunidad marítima mundial”, agregó Quijano.

La propuesta ofrece tarifas más atractivas para contenedores cargados en el viaje de retorno, aplicable solo a aquellos buques neopanamax emplazados en la ruta del Canal en viajes de ida y vuelta, cuando: el porcentaje de utilización es igual o mayor al 70% en el tránsito norte, y el tiempo transcurrido entre el tránsito norte y el sur no es mayor de 25 días.

Para promover el uso de los servicios ofrecidos por el conglomerado logístico local, los días adicionales que el buque requiere para actividades portuarias en las terminales panameñas, no se sumará al periodo de 25 días.


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