La justicia de Andorra declaró nula la venta de acciones preferentes de Banca Privada d’Andorra (BPA) a los clientes minoristas. Se constató que no se cumplió con la obligación de informar correctamente sobre los riesgos que entrañaba la adquisición de este tipo de producto.
La sentencia judicial en primera instancia obliga a BPA a devolver el dinero íntegro equivalente al precio con el que los clientes compraron las preferentes.
Significa que recibirán un valor antes de que el pasado 21 de abril de 2016, la Agencia de Resolución de Entidades Bancarias (AREB) depreciara el valor de su inversión hasta 0 como parte del plan de la nacionalización de la entidad.
El plan de reestructuración de BPA, que se concluyó con la venta al fondo buitre estadounidense JC Flowers, incluyó también la amortización total de la deuda subordinada.
El valor total de las acciones preferentes suma unos 64 millones de euros (76.39 millones de dólares), pero la sentencia tiene un efecto limitado a los clientes considerados “minoristas moderados”, según la clasificación Mifid (Markets in Financial Instruments Directive), una directiva europea que regula la forma en la que los bancos de crédito informan, asesoran o venden productos financieros a sus clientes.
De esta forma, el perfil de los afectados es un cliente minorista, conservador en sus movimientos financieros y muy pronto a la jubilación. Entre ellos hay también ciudadanos panameños.
“El banco vendió este producto como si fuera seguro. Incumplió la normativa que lo obligaba a dar información exhaustiva de estas acciones que eran un producto de inversión complejo y de riesgo”, señaló la abogada Gema Martínez, quien representa los intereses de algunos inversionistas.
De hecho, la justicia del pequeño país europeo basa su sentencia en la falta de información, lo que invalida la operación de venta. La resolución judicial es recurrible en segunda instancia, pero abre una rendija de esperanza para los preferentistas.