Con los cambios que se hicieron a la ley bancaria se introdujo un capítulo para protección del consumidor.
Siguiendo estos lineamientos, la Superintendencia de Bancos aprobó el Acuerdo 4-2011 a fin de dictar nuevas pautas para el cobro de ciertas comisiones o recargos por parte de las entidades bancarias.
El Acuerdo, que entrará en vigencia el 1 de enero de 2012, establece que aunque los bancos pueden establecer libremente el monto de las comisiones por los servicios que presta y recargos cuando el consumidor incumple lo pactado, deberán someterse a los términos del citado acuerdo al momento de tomar una determinación.
Por ejemplo, los bancos, en ningún caso podrán aplicarse comisiones o gastos por servicios no acordados o solicitados expresamente por el cliente.
Las comisiones o gastos aplicados deberán responder a servicios efectivamente prestados o a gastos incurridos.