A partir del próximo 18 de diciembre, todos los productos que se oferten al consumidor en los mercados, supermercados, abarroterías, tiendas y demás locales comerciales, deberán tener un letrero que identifique su procedencia.
La nueva regulación está contenida en la Ley 113 del 18 de noviembre de 2019, que fue publicada el pasado lunes 18 de noviembre en la Gaceta Oficial.
El uso obligatorio de letreros que identifique la procedencia del producto, aplica para todos los alimentos de origen animal o vegetal, sólido, líquido o procesado.
Le corresponderá a los establecimientos comerciales colocar letreros en los anaqueles, que indiquen si el producto fue hecho en Panamá o en otro lugar del mundo. En caso de que el alimento sea importado, el letrero deberá indicar el nombre del producto y su país de origen en español.
Si los productos sucedáneos, de imitación, o análogos -por ejemplo, los alimentos que poseen componentes lácteos como el queso y el helado que se procesan con otra materia prima y sustitutos-, se deberá colocar un etiquetado que lo identifique claramente.
El letrero deberá contener el nombre del alimento en español, el país de origen, y si es un producto de imitación. Esto ayudará a que no se produzca ninguna confusión o engaño al consumidor, señala la normativa.
En tanto, la Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia (Acodeco), será el ente encargado de velar por el fiel cumplimiento de lo dispuesto en la legislación.
Los comercios que incumplan con lo que establece la ley serán sancionados por la Acodeco, aunque no se especifican los montos.