Las reglas para la comercialización de cebolla, uno de los principales ingredientes de la comida panameña, cambian a partir de hoy.
Los productores y comerciantes no podrán vender el bulbo después de 120 días (cuatro meses) de su cosecha y tampoco podrán almacenar el producto por más de 75 días.
Los cambios forman parte del nuevo reglamento técnico Dgnti-Copanit 52-2017, que establece los requisitos de calidad para la comercialización de vegetales frescos, frutas, hortalizas y cebollas.
Este reglamento técnico establece los requisitos mínimos de calidad que debe cumplir la cebolla para consumo humano en estado fresco y su comercialización.
Es uno de los pasos dados para corregir las distorsiones en la cadena de comercialización de este producto.
A través de la Resolución N° 03 del viernes 20 de enero de 2017, el Ministerio de Comercio e Industrias remplazó el reglamento técnico Dgnti-Copanit 407-98. El documento se publicó en la Gaceta Oficial N° 28213 del 7 de febrero de 2017.
La norma técnica de vegetales frescos, en especial de la cebolla, tenía 18 años de vigencia y era necesario su revisión para ajustarla a las condiciones actuales de comercialización, manifestó Luis Benavides, director nacional de Normas para la Importación de Alimentos de la Autoridad Panameña de Seguridad de Alimentos (Aupsa).
La revisión fue una solicitud de los miembros de la Asociación de la Comunidad Productora de Tierras Altas (Acpta). Para su evaluación se creó un comité en el que participaron miembros del sector público, privado y consumidores.
“La entrada en vigencia de la norma representa cambios tanto para los productores locales, como para los importadores”, advirtió Benavides.
“Se reglamentan una serie de aspectos técnicos y de calidad, que incluyen cambios en la información del etiquetado del producto”, comentó el directivo de la Aupsa.
En la bolsa o envoltura de la cebolla que se presente a los consumidores se debe establecer el nombre y dirección del suplidor, la fecha de empaque, país de origen del producto, peso neto, fecha de cosecha (día, mes y año) y el número de lote.
Si el bulbo es reempacado, deberá decir el nombre y dirección del empacador, fecha de empaque, peso neto y país de origen.
Miembros de la Aupsa, del Departamento de Protección de Alimentos del Ministerio de Salud y de la Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia, serán los encargados de supervisar que la norma se cumpla, según la Gaceta Oficial N° 28213, publicada hace seis meses.
En el documento también se establece que para poder introducir al país una nueva variedad de cebolla, la misma debe pasar por una evaluación del Instituto de Investigación Agropecuaria de Panamá o de la Facultad de Ciencias Agropecuarias de la Universidad de Panamá.
El espíritu de la normativa es establecer la trazabilidad del producto, con el objetivo de que los consumidores puedan conocer la trayectoria desde la cosecha hasta su comercialización, añadió Benavides.
El documento fue enviado por el Ministerio de Comercio e Industrias a la Organización Mundial del Comercio para su respectiva revisión. Esto permitió que todos los socios comerciales de Panamá emitieran sus comentarios, dijo Benavides.
“Los productores exigimos que se cumpla con esta resolución, porque los comerciantes están acostumbrados a comercializar productos hasta de un año de haberlo cosechado en Estados Unidos y Holanda”, manifestó Augusto Jiménez, vocero de la Acpta.
En Panamá se importa cebolla de Holanda, Perú, Chile y Estados Unidos.
En los últimos ocho años, en tierras altas se dejaron de cultivar 860 hectáreas de cebolla, de las mil 160 que se sembraban. Con las 446.73 hectáreas que se cultivan en el país a la fecha, solo se abastece el 25% del consumo local.
El descenso en la producción, según los agricultores, se debe a las variaciones climáticas adversas y a las importaciones desmedidas.
Durante el primer semestre del año, al país ingresaron 109 mil 108 quintales de cebolla, 9 mil 801 quintales más que los reportados en igual período de 2016. La compra representa un incremento de 9.9%, según estadísticas de la Aupsa.
En tierras altas el quintal de cebolla se paga al productor en 35 dólares o el equivalente a 35 centésimos la libra. El control de precio establece un tope de 80 centésimo por la libra del bulbo y 1.76 dólares por el kilogramo.
Los productores de tierras altas chiricanas también exigen que se prohíba la importación de cebolla de Holanda.
A través de una consultoría internacional, encargada por los productores, se presentó a las autoridades agropecuarias un estudio técnico en el que se demostró el riesgo de contagio de Ditylenchus dipsaci o nemátodo de los bulbos, al que se expone el sector agrícola con las importaciones de cebolla de Holanda”, advirtió Jiménez. “Han pasado dos meses desde aquella reunión y todavía no se tiene una respuesta al sector productivo sobre la petición de establecer una medida de protección fitosanitaria aplicada por el Ministerio de Desarrollo Agropecuario, a través de la Dirección de Sanidad Vegetal”, indicó Jiménez.
El Ditylenchus dipsaci es un gusano transparente que se alimenta del tallo y tejido de los bulbos y provoca hinchazón en las plantas infectadas.