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Sector inmobiliario

Decreto que suspende desalojo genera dudas

Decreto que suspende desalojo genera dudas
La ordenanza suspende los desalojos y lanzamientos durante la emergencia decretada por la Covid-19. Archivo

El Decreto Ejecutivo N° 314 de 7 de agosto de 2020, que modifica la norma que suspende los desalojos y lanzamientos, durante la emergencia decretada por la Covid-19, no define algunos parámetros a juicio de varios empresarios inmobiliarios.

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Estos son los cambios al decreto sobre los arrendamientos y desalojos mientras dure la emergencia nacional

En este nuevo decreto se ordena la suspensión de pagos de los cánones de arrendamientos, las cláusulas de incrementos y las relativas a intereses por mora de los contratos mientras dure la medida de emergencia nacional.

También establece que en el caso de los arrendamientos comerciales, el aplazamiento del canon de arrendamiento se iniciará a partir de la declaratoria del estado de emergencia nacional y se podrá mantener hasta dos meses luego del levantamiento de las restricciones de apertura de los bloques, que permitan el inicio de operaciones que aplique el comercio.

José Antonio Díaz, presidente de la Asociación de propietarios de inmuebles de Panamá (API), advierte de que dicho documento no explica algunos términos y situaciones que requieren ser aclarados por el Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial (Miviot).

El texto señala que el arrendador y el arrendatario pueden hacer arreglos (los cuales deben registrarse ante el Miviot). Si el arrendatario no cumple con el acuerdo firmado, la parte afectada puede acudir a las jurisdicciones ordinarias.

En este punto, dice Díaz, “no sabemos el tiempo del acuerdo, ni en que nos vamos a basar para estos arreglos. Tampoco sabemos qué pasa sino llevamos estos acuerdos al Ministerio de Vivienda, ¿ el afectado podrá igualmente reclamar?”

Los empresarios inmobiliario temen que los arrendatarios comerciales, a los cuales se les otorga hasta dos meses para pagar los cánones de arrendamientos, después del levantamiento de las restricciones de apertura de la actividad económica, usen esta medida para generar ingresos y luego se vayan sin pagar. “Nosotros no queremos un acuerdo que se lleve al Ministerio de Vivienda, y después nos digan que el arrendatario se mudo, y que no se pudo hacer nada”, dijo el presidente de la Asociación de propietarios de inmuebles de Panamá.

El gremio espera que si se abre una actividad y ésta genere ingresos, entonces que el dueño del comercio pague el alquiler.

Este pago se ha convertido en un peso para la sostenibilidad del muchos negocios. Esta tarea ha sido difícil sobre todo para el renglón que agrupa a los restaurantes, el cual contempla a muchos micro y pequeños empresarios con establecimientos muy pequeños y negocios familiares, que les está costando vivir en tiempos de pandemia y sobrellevar los costos de alquiler de los locales.

Para Díaz la solución es sentarse a negociar. “Si el arrendatario quiere llegar a un arreglo o acuerdo, lo hacemos. Si no puedes pagar la totalidad, puede hablar con el propietario para ver a qué acuerdo se llega. Pero, el caso es que muchos no se quieren sentar a negociar”.

Según datos oficiales el 40% de los pequeños negocios no sobrevivirán a los efectos generados por la pandemia.


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