Fallo favorece a Banapiña en demanda de productores

Fallo favorece a Banapiña en demanda de productores


El pleno de la Corte Suprema de Justicia declaró que son constitucionales por lo menos siete cláusulas del contrato entre el Estado y la empresa Banapiña de Panamá, S.A., aprobado mediante Ley 28 del 25 de mayo de 2017, los cuales fueron demandados por productores de Barú, provincia de Chiriquí.

La decisión aparece en el fallo del 3 de agosto de 2021 firmado por los magistrados María Eugenia López, Ángela Russo, Carlos Alberto Vázquez, Olmedo Arrocha, José Ayú Prado, Cecilio Cedalise, Hernán de León y Luis Fábrega; y el salvamento de voto de la magistrada Maribel Cornejo.

La séptima cláusula demandada es la que le da el derecho a la empresa Banapiña de operar, rehabilitar y acondicionar todo el sistema de riego que utilizaba el anterior operador (Chiquita) en Barú, y por el cual pagará un dólar por hectárea por año, para el suministro de agua e irrigación de las plantaciones por los primeros 20 años. Con el contrato, la empresa tiene el derecho de extraer esta agua de los ríos Chiriquí Viejo, Palo Blanco y el Canal Colorado, en el sector de Barú, y los ríos Chiriquí Viejo y Gariché, en el sector de Divalá, incluyendo las perforaciones de pozos para la extracción de aguas subterráneas. En el contrato se indica que “el Estado reconoce que para el desarrollo de las actividades de la empresa el estimado del requerimiento hídrico para el riego es de 4.2 metros cúbicos por hora por hectárea para la época seca, y para uso agrícola de 150 galones por minuto durante todo el año en cada una de las empacadoras”.

Justamente este es uno de los argumentos que destaca la magistrada Cornejo en el salvamento de voto. “De qué manera el Estado, con vista al segundo párrafo de la cláusula séptima y en contraste con el artículo 118 de la Constitución Política garantiza que el requerimiento hídrico que reconoce y asegura para el desarrollo de las actividades de la empresa, no resulta incompatible con los requerimientos del desarrollo adecuado de la vida humana de las comunidades del sector durante los próximos 40 años”, dice el salvamento.

Esta fue una de las preocupaciones de los productores de Barú sobre el contrato con la empresa Banapiña, la cual resultó en una demanda.

“Es mucha agua. Son 4.2 metros cúbicos de agua por hora por hectárea por los 365 días del año”, responde Martín Wilcox, presidente de la Asociación de Campesinos Protierra de Barú, tras ser consultado por este diario. Añade que esta demanda la presentaron los poseedores agrarios, “porque así es como se establece la definición en el artículo 150 de la Ley 55 del Código Agrario de 2011”. Estos productores continúan trabajando en las 1,951 hectáreas ubicadas en el corregimiento Rodolfo Aguilar Delgado de Barú, que aseguran cultivan desde 1998 con la producción de banano, papaya y otros productos, pero que la pasada administración decidió quitárselas para darla en concesión a la empresa Banapiña.

En noviembre de 2018, después de la firma del contrato con la empresa, se destruyeron unas 200 hectáreas de plantaciones entre plátano, papaya y aguacate de los productores tras una orden de la juez de paz para pasarle los terrenos a las empresas, dijo Wilcox.

Sin embargo, ellos reconstruyeron el terreno y continúan trabajando para suministrar productos a la demanda nacional, agregó.

Este diario trató de obtener comentarios de la empresa sobre el desarrollo del proyecto, pero no hubo respuesta. Este contrato fue adjudicado a Banapiña con el objeto de reactivar la actividad bananera en el área de Barú para potenciar el desarrollo económico y social. Tras el acuerdo, la empresa cultiva las 1,770 hectáreas de propietarios individuales de Barú donde produce banano. Se proyectaba una inversión de $100 millones y la generación de empleos.

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