La Comisión de Economía y Finanzas de la Asamblea Nacional aprobó ayer en primer debate el proyecto de ley 624, “que introduce adecuaciones a la legislación en materia de transparencia fiscal internacional y de prevención de blanqueo de capitales, el financiamiento del terrorismo y el financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva”.
La iniciativa fue propuesta por el ministro de Economía y Finanzas, Héctor Alexander, y es parte de los esfuerzos del país para reforzar el régimen de prevención de lavado de activos y mejorar el intercambio de información fiscal, con el objetivo de salir de las listas discriminatorias.
Varios gremios profesionales habían cuestionado algunos aspectos del proyecto de ley, como las exigencias sobre la remisión de registros contables y la documentación de respaldo, así como las sanciones planteadas.
Jorge Luis Castillero, abogado de la Dirección de Estrategia Financiera y Fiscal Internacional, dijo que a raíz de las conversaciones se propusieron una serie de modificaciones que fueron aceptadas por los diputados.
Según el texto original, las personas jurídicas debían proporcionar anualmente a los agentes residentes los registros contables y la documentación de respaldo, como por ejemplo, las facturas donde figuran los ingresos y los gastos.
Finalmente, la remisión anual de la documentación de respaldo ya no será una obligación, y se mantiene la remisión de los registros contables, explicó Castillero, que además aclaró que si existe un requerimiento por parte de una autoridad competente de otra jurisdicción sí existe la obligación de enviar la documentación.
Por otra parte, se flexibilizan algunas de las sanciones que contemplan las distintas leyes que se están actualizando, aunque en la Ley 23 de 2015, que estableció el régimen general para prevenir el blanqueo de capitales y aplica tanto a sujetos financieros como no financieros, se mantuvo el umbral máximo de $5 millones.