La pandemia amenaza la subsistencia de más de 40 mil empresas en el país. El confinamiento y la lenta recuperación económica marcan el reloj en contra de muchas compañías a las que se le imposibilita honrar sus pagos a partir del próximo año.
A raíz de este diagnóstico, el sector privado, los especialistas en el mercado financiero, abogados y el mismo Gobierno han estructurado una salida legal para hacerle frente al problema que se avecina. El objetivo final sería evitar quiebras masivas por el impago de deudas.
La idea es presentar a la Asamblea Nacional, a través del Ministerio de Comercio e Industrias (Mici), un proyecto de ley de “reorganización conciliada”.
Panamá cuenta con la Ley 12 de 2016, vigente a partir de enero de 2017, que establece mecanismos para la protección del crédito, dentro de una reorganización y, por último, de llegar al punto o condición de iliquidez permanente en el proceso de insolvencia, la atención de las acreencias.
Pero la falta de recursos presupuestarios ha determinado que los tribunales especializados que crea la Ley 12 de 2016 no se hayan constituido.
Esto, como dijo Irvin Halman, presidente del Centro Nacional de Competitividad (CNC), se agrava ante la situación actual provocada por la Covid-19, ya que muchas empresas han quedado inmersas en una situación de fuerza mayor, no prevista en la Ley 12 de 2016.
“Las proyecciones indican que un gran número de empresas puede llegar a la insolvencia total y liquidación de no contar con un mecanismo legal que les permita concurrir a procesos de reorganización oportunos y eficaces”, detalló.
En el contexto actual, las empresas se encuentran limitadas o impedidas de activarse, no necesariamente por una controversia con sus acreedores, sino por la paralización de operaciones en las que tienen un patrimonio y obligaciones, indicó el presidente de la CNC, organización sin fines de lucro, en la que participan el sector público y el privado.
Por lo tanto, se requiere de mecanismos especiales, lo suficientemente rápidos y flexibles para responder a la situación de anormalidad económica.
Se calcula que al cierre de este año, el país estaría sumido en una crisis laboral, precisamente por la débil situación del tejido empresarial. La estimación es que unas 500 mil personas estarían desempleadas, a raíz de los estragos de la pandemia.
Halman dijo a este diario que una condición necesaria para salvar puestos de trabajo y empresas es brindar alternativas a deudores y acreedores, a través de un proceso extrajudicial regulado.
De acuerdo con lo que se planteará en el proyecto de ley, empresas y acreedores podrán acudir a un centro de conciliación reconocido, como el de la Cámara de Comercio o la Cámara Panameña de la Construcción, en donde se someterán al proceso de reorganización.
Las empresas tendrían un plazo de hasta seis meses para demostrar la viabilidad de la reorganización.
Halman precisó que el proyecto de ley da certeza a los acreedores de este plazo para determinar la viabilidad de una reorganización, pero este periodo puede ser extensivo por acuerdo de la mayoría de los acreedores.
En este tiempo, las compañías tendrán oportunidad de oxigenarse y resolver su problema de iliquidez, con lo que podrá determinar si es viable el plan de reorganización establecido en conjunto con sus acreedores.
El proceso de reorganización conciliada que propone el proyecto de ley se inicia con la presentación de la solicitud del proceso de reorganización ante al juez de insolvencia o, en su defecto, el juez de circuito civil sin necesidad de documentos señalados en la Ley 12 de 19 de mayo de 2016, y la presentación de un aviso de intención.
Cuando a través del proceso de reorganización conciliada se acuerde el plan de reorganización, este será remitido al juez de la causa para su confirmación y poner en ejecución el plan aprobado.
En caso de que no se logre un acuerdo de plan de reorganización, el centro de conciliación emitirá una certificación para que el juez proceda a cerrar el expediente.
En este caso quedarán restablecidos, de manera inmediata, los derechos de los acreedores para ejercerlos de manera individual, o a través del inicio de un proceso de liquidación.
La ley será de aplicación temporal. Su tiempo de ejecución será conocido una vez el documento sea presentado en la Asamblea Nacional.