Un problema es algo que por definición tiene solución. De no tenerla ya no es un problema sino una realidad. Y la realidad se entiende que hay que aceptarla. Planteo dos problemas concretos y varias soluciones.
Primer problema: Rechazo de acciones judiciales por no aportar al juzgador copia de la norma atacada.
Las soluciones pueden ser profesionales, normativas y tecnológicas.
Profesionales: El abogado debe conocer lo que requiere la ley con independencia de la opinión sobre su sabiduría o lógica. Crear un sistema como el de puntajes para las licencias de conducir. Restar puntos al abogado que no presenta la copia requerida por la ley. Llegado a cierto puntaje, se suspende la idoneidad por un tiempo. En todo caso no se castiga el proceso con la no admisión de la acción, ni su rechazo.
Normativas: Se reforma la ley para que no se requiera la presentación de la copia. El juez, se entiende por lógica, debe conocer el derecho y no necesita que se le aporte copia de la norma.
Prácticas: Control en la entrada física de la acción y sus documentos para evitar ingreso de acciones que no cumplen con los requisitos documentales. Ya se hace. Evidentemente en ocasiones se omite y la no presentación se observa de forma tardía.
Tecnológicas (requieren reforma legal): Que el juzgador busque electrónicamente la norma en el sitio en el cual debe estar publicada. Que el abogado complete la acción en un formato digital único preestablecido que requiera para poder completarse que se llenen todas las casillas y se adjunten todos los documentos. De no hacerse, el propio sistema no permite presentar. Es un sistema ya usado en muchos ámbitos en la actualidad. Si no se quiere reformar ni cambiar estado actual, se indica expresamente que éste subsiste y se crea el nuevo sistema paralelo. El usuario escoge cuál quiere cómo sistema. Luego se mide cuántos usan uno u otro. Cuántos prefieren el sistema físico, presencial con copias en papel o el digital, a distancia sin copias. Los resultados hablarán por si solos.
El segundo problema son los expedientes en lectura retenidos en despacho de juzgador que no circulan y generan demoras.
Soluciones prácticas y normativas. Sistema de administración tecnológico de expediente, administrado por tercero independiente. Cuando se cumple un plazo predeterminado en lectura y ésta no se ha dado, el expediente cambia automáticamente de responsable y el proceso continúa. Sin intervención humana, sin aspectos personales. En todo caso se evalúan cuáles son las causas que hacen que a un juzgador el sistema deba quitársele con frecuencia casos en lectura. Se comprueba si es exceso de trabajo o retención indebida del expediente.
Soluciones hay. Se requiere voluntad. La tecnología por sí sola no funciona y requiere voluntad para su uso correcto. Ninguna de las soluciones mencionadas es utópica. En mayor o menor grado existen. Las he experimentado personalmente. Me pongo a disposición para conversarlas en trabajo conjunto con el desarrollador de aplicaciones que las quiera preparar. Sería un aporte concreto a la justicia. Sería proponer, solucionar y no solo criticar.
El autor es abogado