CONCESIÓN PORTUARIA

Se abre discusión legal en contrato de Panama Ports

Se abre discusión legal en contrato de Panama Ports
El puerto de Balboa está ubicado en la ruta del Canal en el lado Pacífico, y está interconectado con el ferrocarril que permite llevar y traer contenedores a los puertos del Atlántico. Archivo


La renovación del contrato por 25 años a Panama Ports Company (PPC) ya fue aprobada y no requerirá de aprobación en la Asamblea, según la Autoridad Marítima de Panamá (AMP). Pero los vacíos legales advertidos ahora en el proceso de vigencia de la concesión están siendo parte fundamental de peticiones de revisión de dicho contrato.

La adenda 1 al contrato ley entre el Estado y PPC, aprobada en 2005 durante el gobierno de Martín Torrijos, derogó la resolución 14 de 2002. Con ello, se retrotrajo la equiparación con la cual se eliminó el compromiso de pagar un canon fijo anual al Estado, y por lo tanto se tenía que reintegrar la vigencia de las cláusulas previas.

Esta es la interpretación legal del abogado Roberto Ruíz Díaz, quien añade que con esta acción legal “volvían a la vida jurídica las cláusulas eliminadas” en 2002.

Dicho de otra forma, a juicio de Ruíz, PPC debía retomar el compromiso de pagarle al Estado $22.2 millones de canon anual fijo y una anualidad variable del 10% de los ingresos brutos de todas las actividades que realizara, además de entregar utilidades por el 10% de las acciones de la empresa al Estado.

Como parte de la adenda 1, la administración de Torrijos estableció como uno de los cambios más importantes, que la empresa se comprometiera a invertir $1,000 millones, entre otras.

“ [...] La empresa tenía la obligación de honrar el compromiso inicial pactado con su propuesta, al momento de ganarse la licitación internacional”, alega Ruíz Díaz, en un escrito entregado ayer a la junta directiva de la AMP, en la cual pide la revocatoria administrativa de la resolución JD 043-2021 del 23 de junio de 2021, para dejar sin efecto el contrato.

Adjuntos

Carta del Instituto del Canal.pdf

La solicitud de Ruíz Díaz se sustenta en que se “obviaron procedimientos, así como información importante y sensitiva, que posiblemente no era de conocimiento de dicha junta directiva, cuando se emitió dicha resolución”.

Asegura que con esta situación se abre una nueva discusión, por encima del informe de la Contraloría General de la República y la Autoridad Marítima de Panamá, de que se había cumplido a cabalidad el contrato ley, “y lo que demuestra es que las auditorías fueron hechas para la empresa y no para el Estado”.

Añadió que con estas auditorías se observaron las inversiones realizadas por la empresa, pero obviaron ver contraprestaciones que le correspondían al Estado, e incluso nunca mencionaron la existencia del Decreto Ejecutivo 58 del 28 de diciembre de 2005.

¿Rescindir el contrato?

El Instituto del Canal de Panamá y Estudios Internacionales se pronunció ayer a través de una carta en la cual establece que “es imperante que el gobierno analice de forma más transparente posible” el contrato con PPC.

“Es preciso aclarar, en primer lugar , que el contrato original ha sido modificado varias veces, en detrimento al Estado. Este solo hecho descalifica el argumento de que por razón de seguridad jurídica, el contrato debe ser prorrogado automáticamente”. Añade que “el contrato original técnicamente dejó de serlo”.

Luis Navas, director del Instituto del Canal opina que el contrato se debe rescindir aunque el Estado tenga que enfrentarse a una disputa legal con la empresa.

“Si ellos piden indemnización habrá que sentarse a discutir, pero lo que no puede ser es que se le entreguen otros 25 años para lo mismo”, añadió Navas.

En Panamá hay personal especializado que conoce la materia portuaria, dice, y una de las cosas que tienen que demostrar con detalles son las inversiones que dicen haber hecho.


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