Un nuevo régimen para reorganizar empresas

Un nuevo régimen para reorganizar empresas


La pandemia del nuevo coronavirus ha tenido un efecto devastador para la economía. El desplome del producto interno bruto de 17.9% o de $13,849.8 millones en términos nominales, refleja la caída en las ventas en la mayoría de los sectores de la economía. Y son las empresas, el sector privado, las que han sufrido ese impacto, provocado principalmente por un prolongado cierre de operaciones durante buena parte de 2020, ordenado por las autoridades.

Aunque las empresas han tenido alivios a través de moratorias que han postergado ciertos pagos, se espera una afectación en su capacidad para hacer frente a todas las obligaciones, teniendo en cuenta el reducido nivel de actividad y de ingresos.

Este es el escenario en el que surge la creación de un nuevo régimen especial de reorganización conciliada, aprobado a través del proyecto de ley 509, pendiente de sanción presidencial.

El nuevo régimen fue analizado en un webinar organizado por el Instituto de Gobierno Corporativo de Panamá, con presentaciones del presidente del Centro Nacional de Competitividad (CNC), Irvin A. Halman, y del ministro de Comercio e Industrias, Ramón Martínez.

La iniciativa surge como un aporte de una comisión especial del CNC integrada por diversos gremios empresariales y entidades públicas.

Panamá ya cuenta con la Ley 12 de 2016, que establece un régimen de procesos concursales de insolvencia, pero este esquema se ideó para un entorno distinto del actual, marcado por los efectos de la pandemia.

El CNC señaló que “ante el incremento de casos de iliquidez o insolvencia que confrontarán las empresas, como ha sido el caso en otros países, se hace necesario ofrecer a los deudores en insolvencia la disminución de costos y trámites procesales para reorganizarse y lograr su continuidad, de manera que puedan optar por un proceso distinto al que establece la Ley 12, pero con la seguridad que los acuerdos celebrados tendrán validez”.

Además, la Ley 12 de 2016 dispuso la creación de tribunales especializados que no se llegaron a constituir por falta de presupuesto. Así que el previsible aumento de casos de insolvencia podría saturar, aún más, el sistema judicial.

El espíritu del nuevo régimen de reorganización conciliada es que las partes -una empresa o deudor que atraviesa una situación de insolvencia y sus acreedores- lleguen a un acuerdo extrajudicial que permita remontar la situación y seguir operando.

“El objetivo es promover la recuperación y conservación de la mayor cantidad de empresas conociendo que son fuente generadora de empleo”, sostuvo el ministro Martínez, que explicó también las fases que conforman el proceso.

Una etapa preliminar consiste en la designación de un conciliador, de común acuerdo entre el deudor y los acreedores, y en la formalización del deseo de iniciar un proceso de reorganización conciliada. Solo el deudor o la junta de acreedores estarán legitimados para iniciar el proceso.

Podrán acogerse al régimen empresas que se encuentren en cesación de pagos, insolvencia inminente o falta previsible de liquidez debido al estado de emergencia y que tengan dos años de operación continua.

Halman explicó que la insolvencia surge por falta de liquidez, pero no necesariamente significa que la empresa esté quebrada, ya que puede tener activos que no son líquidos y que puedan respaldar la continuidad de la empresa mediante un plan de reorganización, evitando lo que ocurría antes, que se iba directo a la quiebra.

El deudor deberá presentar al conciliador una serie de documentos, entre ellos una explicación de cómo las medidas adoptadas en ocasión de la pandemia afectaron sus operaciones y llevaron a la empresa a un estado de cesación de pagos, insolvencia inminente o falta previsible de liquidez. Se piden también estados financieros auditados, pero si no se tienen se podrán presentar otros documentos, como las declaraciones de renta de los dos últimos ejercicios fiscales, así como un dictamen de un contador público autorizado que certifique la revisión de libros o registros contables de la empresa, el inventario de activos y pasivos, entre otros.

El conciliador tendrá cinco días hábiles para revisar la documentación y validar si cumple con los requisitos de la ley. El siguiente paso es presentar un aviso de intención ante un juez de circuito civil correspondiente.

El aviso de intención deberá ser publicado por cinco días consecutivos en medios masivos de comunicación escrita y enviado a los acreedores, incluyendo un llamamiento a todos los acreedores e interesados para que comparezcan en el término de diez días.

Desde la publicación del aviso, la empresa contará con un periodo máximo de seis meses de protección concursal mientras se acuerda el plan de reorganización.

El conciliador convocará al deudor y a los acreedores a la primera sesión de conciliación, en la que se ratificará al conciliador y se discutirá la necesidad de  designar a un experto financiero para elaborar o validar el plan de continuidad de la empresa.

Los trabajadores participarán en el proceso con un representante, en caso de haber créditos laborales para ser considerados en el plan de continuidad y estarán representados en la junta de acreedores.

Las sesiones de conciliación serán de carácter confidencial y las partes tendrán un plazo de seis meses para pactar el plan de continuidad de la empresa, que deberá ser aprobado por el deudor y por los acreedores que representen más del 50% de la totalidad del pasivo.

El acuerdo de conciliación será remitido al juez de la causa para su confirmación en un plazo de cinco días, a efectos de poner en ejecución el plan de continuidad.

Una vez aprobado, el acuerdo obliga al deudor y a todos los acreedores, hayan concurrido o no.

Si no se llega a un acuerdo, el conciliador lo hará constar en un acta que será remitida al juez para que cierre el expediente. En ese caso, los acreedores podrán ejercer sus derechos de manera individual o a través del inicio de un proceso de liquidación.

El periodo de vigencia de la norma es de dos años, aunque Halman dijo que dependiendo de su efectividad una vez puesta en práctica se podría extender su vigencia. Además de intentar salvaguardar la mayor cantidad de plazas de trabajo, dijo que también ayudaría al país a mejorar en índices que miden el clima de negocios y la competitividad, ya que uno de los aspectos que se analizan es el marco para resolver las situaciones de insolvencia.

LAS MÁS LEÍDAS