En diciembre de 2021, la Superintendencia de Bancos de Panamá (SBP) publicó el Acuerdo No. 006-21 que establece el trato de las provisiones para la cartera modificada; una norma para el sistema bancario que, si bien genera presión por el lado de provisiones, sigue fortaleciendo la regulación prudencial. Resalta el impacto que el artículo 6 provocaría sobre el margen financiero, dado su efecto sobre los ingresos por intereses de la cartera de préstamos modificada.
Resumidamente, este artículo dicta que, a partir de enero de 2022, las entidades bancarias suspenderá́n el reconocimiento en resultados de los intereses generados por la cartera modificada deteriorada a menos que los mismos sean efectivamente cobrados.
Según la SBP, a noviembre de 2021, la cartera crediticia del sistema bancario nacional ascendía a $55,392.8 millones: $11,914.3 millones (21%) eran préstamos modificados; de los que cuales $4,594.43 millones (38.6%) son categoría modificada mención especial, dudosa y perdida. Es decir, que el 8.3% de los $55,392.8 millones de la cartera crediticia no debe contabilizar ingresos financieros a menos que estén siendo cobrados. La presión sobre el margen financiero inicia muy fuerte, dado que la cartera modificada, dudosa y perdida era de $2,735.8 millones (4.9% del total).
Los bancos deberán gestionar su cuenta de resultados de 2022 a todo nivel por el limitado crecimiento de la cartera (+2.8%), margen financiero neto decreciente (-5.9%) y la mejora de resultados basada en menores provisiones (-29%), que por el acuerdo serán difíciles de reducir. El negocio bancario es para jugadores de largo plazo.