La señora Ramona vive en el área este, en las afueras de la ciudad de Panamá, por lo que cada día llega puntual, a las 5:30 a.m., a la parada de los buses del corredor para abordar alguno que la lleve a su trabajo, ubicado en el centro. No obstante, su opción favorita es subirse a un auto particular cuyo conductor le cobra igual que la tarifa del Metro Bus. Así como ella, decenas de personas forman fila cada mañana cerca de las paradas de buses, desde donde pueden elegir tres opciones: un Metro Bus, un autobús de “lujo” o un vehículo particular.
Los primeros, por lo general, pasan llenos y carecen de una frecuencia establecida; los buses de lujo transitan vacíos, pero cada 30 minutos y, a veces, cada hora. Los que pasan con mayor frecuencia son los autos particulares. Estos, la mayoría de las veces, son conducidos por gente trabajadora o profesional que también se dirige al centro de la ciudad a sus empleos. Solidariamente, estos conductores ceden los espacios vacíos en sus vehículos para que los desesperados usuarios del transporte público lleguen a tiempo a su trabajo. Ofrecen un servicio voluntario al mismo precio del transporte público y brindan comodidad, rapidez, seguridad y satisfacción a los pasajeros, quienes eligen el auto de su preferencia.
Cuenta Ramona que algunos días de la semana un agente de la Policía Nacional y otro del Servicio Nacional de Fronteras (Senafront) se ubican en la parada y no dejan que los carros particulares se detengan a recoger a los pasajeros. Argumentan que esa práctica es ilegal e impide la fluidez del tránsito, pero la acción de esos agentes solo genera malestar y molestias entre las personas.
De lo anterior hay varios elementos que me gustaría analizar. Primero, bien sabemos que muchas paradas están mal diseñadas y eso es lo que provoca las obstrucciones. No hay diferencia entre un vehículo particular o un taxi que deje o recoja a alguien en una parada, pues en ambos casos se obstruye la fluidez del tránsito.
Por otro lado, preguntó: ¿desde cuándo llevar personas en un automóvil particular se convirtió en una actividad ilegal? La gente debe ser libre de escoger el transporte que mejor satisfaga sus necesidades, igual que cada persona debe ser libre de llevar a quien quiera en su vehículo, sin importar si establece un precio o no.
Cuando las leyes se orientan a proteger y satisfacer las necesidades de un sector (transportistas/Metro Bus) generalmente perjudican al resto de las personas (usuarios) que, ante dicha ilegitimidad, incumplirán las normas, con justa causa. Los monopolios patrocinados por el Estado son dañinos para la población, porque en ausencia de competencia la empresa no tendrá interés en cambiar su ineficiente modus operandi y los usuarios no tendrán otra opción a la que recurrir.
Por lo tanto, liberalizar el transporte público trae mayores beneficios a los usuarios, porque tendrán más opciones para elegir, y las empresas se verán obligadas a mejorar sus servicios para atraer más clientes. Esto es mejor que un sistema burocrático de permisos, cupos y requisitos absurdos, ideados para mantener un monopolio o un oligopolio, controlado por particulares o sindicatos de transportistas que solo piensan en sus intereses, y no le brindan un servicio cómodo ni seguro para los usuarios.
Vale mencionar que no se justifica la presencia de un agente del Senafront en un barrio del distrito capital, sobre todo, lejano a las fronteras. El Decreto Ley 8 de 2008, que crea el Servicio Nacional de Fronteras, establece en el artículo 22 que dicha entidad ejercerá las funciones de policía en las fronteras terrestres y fluviales de la República de Panamá, no en barrios y áreas fuera de las fronteras.
Además, el artículo 310 de la Constitución deja claro que Panamá no puede tener un ejército, por lo tanto, no se justifica ver en las calles tal despliegue de fuerza policial militarizada, ni hombres vestidos con uniformes de camuflaje y botas. El citado artículo también ordena que solo ante una amenaza de agresión externa podrá organizarse, temporalmente, los servicios especiales de protección de fronteras. Sin embargo, el Decreto Ley 8 crea al Senafront como una institución policial de carácter permanente. ¡Ojo!