Gobernanza Democrática y Derechos Humanos

Gobernanza Democrática y Derechos Humanos


El próximo 11 de septiembre de 2021 se conmemorará el vigésimo aniversario de la adopción de la Carta Democrática Interamericana (CDI). Dada la situación delicada en materia de gobernanza democrática que actualmente atraviesan algunos países del hemisferio, incluyendo Venezuela, Perú, Colombia, El Salvador y Nicaragua, se hace necesario reflexionar sobre la importancia de la CDI como instrumento regional que busca la protección de la democracia, propiciando así el respeto a los derechos humanos.

Las Américas siempre se ha distinguido por su vocación democrática y por sus posturas de avanzada en cuanto al desarrollo de normas tendientes a su preservación. Prueba de ello es que la CDI es el producto de una serie de esfuerzos concatenados, que datan desde hace más de 30 años e incluyen el compromiso de Santiago (1991) y las declaraciones de Nassau (1992), Managua (1993) y Quebec (2001). No obstante lo anterior, la región, a lo largo de su historia, ha tenido que lidiar con la instauración de regímenes autoritarios en varios Estados del hemisferio, los cuales se han matizado a través de la perpetración de atrocidades. En base a estas experiencias y en el interés de evitar circunstancias reiteradas, la CDI establece la democracia representativa como un derecho de los pueblos y como una obligación de los Estados, es decir una norma regional. La democracia representativa dispone, por supuesto, de la celebración de elecciones periódicas, libres y justas, basadas en el sufragio universal y secreto. Pero además, señala la CDI, esta forma de gobierno va más allá de las elecciones periódicas y también requiere de la separación de los poderes del Estado, de la sujeción al estado de derecho y del respeto a los derechos humanos.

Tal y como lo dispone la CDI, la democracia representativa necesita de la transparencia y de la responsabilidad de los gobiernos en la gestión pública, así como de la participación ciudadana. También depende del respeto a los derechos sociales, a la libertad de expresión y a la libertad de prensa. En este sentido, el nexo entre la democracia y los derechos humanos, según la propia CDI, es ineludible, siendo la democracia indispensable para el pleno ejercicio de los derechos humanos. De igual manera, la eliminación de toda forma de discriminación, a su vez, fortalece a la democracia. Estamos entonces ante una especie de relación simbiótica entre la democracia y los derechos humanos.

Es por ello que las afectaciones a la democracia no solo pasan por la ausencia de elecciones o la perpetración de fraudes electorales. También pueden consistir en el uso desmedido de la fuerza y las ejecuciones sumarias en el marco de manifestaciones populares; o en la destitución de los magistrados de la sala de lo constitucional y del fiscal general por parte de otro órgano del Estado y sus consecuentes afectaciones a la separación de poderes; o en los ataques contra la libertad de expresión y el hostigamiento contra el periodismo en un determinado país. Situaciones como éstas y otras similares ponen en riesgo a la democracia representativa y deben activar la acción colectiva de los Estados parte de la CDI.

Ante el resurgimiento del autoritarismo en la región, en el contexto de la lucha contra la pandemia del Covid-19, la vigencia y la aplicación de la CDI será fundamental. La preservación de la democracia representativa se tornará en una tarea cada vez más difícil, pues los ataques en su contra revisten de distintas modalidades. Los Estados de la región deben permanecer atentos y evitar la normalización del autoritarismo, la impunidad o la ingobernabilidad. La tarea también pasa por realizar una introspección y fortalecer las instituciones democráticas en el ámbito interno, asegurando la implementación de la democracia representativa en su sentido más amplio. Solo de esta manera los Estados tendrán la legitimidad necesaria para el ejercicio de una política exterior que se sustente en la promoción de la democracia y la defensa de los derechos humanos.

El autor es abogado y profesor de derecho internacional

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