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Proyecto de ley 525, buenas intenciones con riesgos inaceptables

Las buenas intenciones, sin prudencia o conocimientos suficientes, podrían tener efectos secundarios similares a los de una medicina que cura un padecimiento, pero que termina enfermando al paciente por otra cosa.

Este puede muy bien ser el caso del proyecto de ley 525, que busca resolver un tema social difiriendo el examen de certificación hasta después del internado, con el fin de que los estudiantes puedan cumplir con su obligación de servir al Estado y prepararse mejor, busca soluciones nacionales al proponer el diseño y control local sobre los instrumentos de certificación y deja como opcional el establecer acuerdos para exámenes que tengan validez internacional, esto último quizá de poco impacto, pues hoy día cualquier médico puede aplicar directamente a exámenes en Estados Unidos, Canadá o en otras latitudes.

Pero esta propuesta no está libre de riesgos y de un significativo impacto negativo para nuestros pacientes y para el avance de la enseñanza de la medicina en nuestro país.

Primum non nocere (primero no hacer daño) es una máxima que rige la práctica de las ciencias de la salud y debe ser la brújula que se utilice para toda decisión que impacte directamente al paciente. El proyecto de ley 525, tal y como se propone, marca un norte desviado de la protección al paciente al poner a su cuidado a personal que aún no ha probado tener los conocimientos técnicos suficientes. En esencia, la propuesta de que la práctica docente y supervisada se realice antes de confirmar el conocimiento teórico sería equivalente a que las autoridades de aviación invirtieran el orden de certificación y primero pusieran a los pilotos a volar un avión y después hicieran el examen para ver si tenían los conocimientos básicos para volar.

La seguridad del paciente no es negociable y de ninguna forma un paciente debe ser tratado por una persona que aún no ha comprobado tener los conocimientos básicos, utilizando una herramienta de prueba robusta y comprobada como lo es la del examen de certificación médica que utilizamos en Panamá.

Este examen proviene del NBME (National Board of Medical Examiners), una organización sin fines de lucro e internacionalmente reconocida, fundada en 1915 y cuya misión es “proteger la salud del público a través de las evaluaciones médicas más actualizadas existentes”. Esta organización es la encargada de certificar a nacionales americanos y aplicantes extranjeros para ejercer la medicina en Estados Unidos, con un examen especialmente diseñado para este propósito.

La prueba que se implementa en nuestro país es el IFOM (International Foundation of Medicine), examen que persigue el mismo fin y, para asegurarse de la calidad del contenido el NBME, cuenta con la colaboración de miembros de facultades de medicina alrededor del mundo.

Este examen está disponible en alrededor de 50 países de avanzada que han adoptado esta evaluación con el objetivo de asegurarse de la calidad de la formación de sus médicos al compararse con otras universidades del mundo, pues la medicina hoy en día es una disciplina global.

El otro componente de la propuesta de la ley 525 es que tengamos pruebas diseñadas e implementadas localmente, abriendo la posibilidad de que Panamá comience a medirse contra sí misma en lugar de avanzar y compararnos con estándares internacionales que se basen en las tendencias y avances de la medicina.

Abandonar la práctica de utilizar un instrumento internacionalmente reconocido sería un retroceso para la medicina del país y un riesgo, al perder la visibilidad de un baremo que nos dé luces de si la formación de médicos en Panamá va o no en la dirección correcta.

El solo hecho de que aproximadamente el 65% de los estudiantes de universidades privadas no pasara el examen de certificación de octubre del año 2020 indica la existencia de falencias en la selección de los candidatos, en el contenido de la enseñanza o en el proceso de avance y promoción de estudiantes, lo que inevitablemente conduce al riesgo de la obtención del título sin tener el perfil o las competencias adecuadas.

Es ahí donde está el problema y es ahí donde nuestros legisladores deben enfocarse, para que se establezca un ente académico representativo y calificado que garantice el contenido de la enseñanza, la supervisión de la docencia y el rigor necesario para que el diploma no sea una ilusión que se “venda” en la universidad, si no la prueba de que un estudiante cumplió con todos los requisitos para obtener su título de médico y está preparado para pasar el examen de certificación y posteriormente atender pacientes.

Por último y no menos importante, debe proponerse que el porcentaje de estudiantes que aprueba el examen por universidad sea de conocimiento público y que haya consecuencias para aquellas instituciones que no cumplan con los estándares establecidos. La transparencia de los resultados y el posible costo de un bajo desempeño harán que nuestras casas de estudios mejoren... o que terminen por cerrar si no ofrecen un programa de formación médica con la calidad que el país necesita.

En resumen, la solución no está en bajar los puntajes, en desarrollar metodologías locales o en posponer la certificación. No, señores, la única solución está en mejorar y garantizar la calidad del proceso de enseñanza en toda su extensión.

El autor es especialista en medicina interna



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