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Corte falla contra concesión minera nueve años tarde

En 2009, el CIAM demandó el contrato otorgado a Minera Petaquilla en 1997, para detener el daño ambiental que produciría la extracción de oro y cobre.

El pleno de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) declaró inconstitucional la Ley 9 del 25 de febrero de 1997, que aprobó el contrato entre el Estado y Minera Petaquilla, S.A. para extraer oro y cobre en las montañas de Coclé.

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La Máscara de la Minería

Esta decisión surge luego de que en 2009 el Centro de Incidencia Ambiental (CIAM) presentara una demanda contra la concesión.

En el fallo, los magistrados plantearon que “si la aprobación de la Ley [9 de 1997] por la Asamblea Nacional desatiende el examen o escrutinio que ha debido realizarse para dar por bueno el contrato de concesión, es evidente que se trata de una normativa que contraría la Constitución, puesto que da por válido un contrato que en su celebración prescindió del proceso legal adecuado”.

La ambientalista Susana Serracín, quien presentó la acción en la CSJ, calificó como tardío este fallo, mientras que el Ministerio de Comercio e Industrias informó que evaluarán la decisión. Petaquilla suspendió operaciones desde el año 2013.

Ley sobre Minera Petaquilla incumplió los rigores: CSJ

En 1996, el Estado panameño otorgó un contrato de concesión en 13 mil hectáreas por 20 años a Minera Petaquilla, S.A., para explotar yacimientos minerales de cobre y oro en Coclé y Colón. Acuerdo que se convirtió en la Ley 9 del 26 de febrero de 1997, luego de que fuera aprobado por la Asamblea Nacional.

Aunque no fue hasta 2005 cuando comienzan los primeros trabajos de exploración en la mina Molejón, por la empresa que hoy se conoce como Petaquilla Gold.

Esto motivó que en 2009, el Centro de Incidencia Ambiental (CIAM) presentara ante el pleno de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) una demanda de inconstitucionalidad con el objetivo de evitar un daño ambiental más severo a los recursos naturales de esa región del país. De hecho, parte de este lugar forma parte del Corredor Biológico Mesoamericano, que viene siendo una especie de enlace entre las áreas protegidas de Centroamérica.

Según el CIAM, la Ley 9 de 1997 violaba varios artículos de la Constitución de la República relacionados con la protección de los derechos humanos y la conservación del medio ambiente.

Sin embargo, mientras se espera una decisión, mina Molejón era el centro en Panamá de las exportaciones de oro, las cuales alcanzaron los $200 millones. A su vez, el daño ambiental se intensificaba.

La crisis

Poco tiempo después, la dinámica económica de la empresa empezó a cambiar, y a principios de 2015 el Ministerio de Comercio e Industrias (MICI) advirtió a Petaquilla que tenía 180 días para solucionar algunos problemas financieros que atravesaba y activar la operación, pero cumplido el plazo en julio de ese año, la entidad emitió la resolución de anulación de la concesión.

Ahora, tres años después, se conoce por medio de un edicto que el pleno de la CSJ declaró inconstitucional la Ley 9 de 1997 que demandó CIAM, aunque el fallo fue emitido a finales de 2017.

[Lea: Un laberinto constitucional]

En la decisión, los magistrados señalan lo siguiente: “si la probación de la Ley [9 de 1997] por la Asamblea Nacional desatiende el examen o escrutinio que ha debido realizarse para dar por bueno el contrato de concesión, es evidente que se trata de una normativa que contraría la Constitución, puesto que da por válido un contrato que en su celebración prescindió del proceso legal adecuado”.

Además, mencionan que se trata de una ley que aprobó un contrato que “no cumplió los rigores” que para este tipo de concesiones se deben seguir.

Es otras palabras, el pleno de la CSJ consideró que la Asamblea no hizo el escrutinio debido en este caso, puesto que para elaborar el contrato de concesión no se tomaron en cuenta las regulaciones mineras que regían el tema, como el Decreto de Gabinete 267 de 1969, así como la Ley 56 de 1995 sobre Contrataciones Públicas.

Una victoria

Al respecto, el CIAM emitió un comunicado en el que calificó como una victoria este fallo contra la minería a cielo abierto, aunque también lamentó que la decisión de la CSJ haya llegado de forma tardía debido al daño ambiental causado al lugar.

“Esperamos que esta decisión judicial sirva de precedente y referencia a futuras acciones legales para la defensa de la naturaleza y que apoye en la adecuación del actual Código Minero. Se hace urgente la revisión completa e integral de procesos de gestión ambiental y la práctica de auditorías en el área de Donoso, Colón, por lo cual, el Ministerio de Ambiente debe realizar monitoreos, verificar las afectaciones al área y hacer pública esta información”, añade el CIAM.

Por último, menciona que esta conyuntura debe permitir que se establezca una moratoria minera a nivel nacional, que permita que las concesiones mineras sean adecuadas a la normativa ambiental y de transparencia vigente, así como verdaderos procesos de auditoría que sean públicos.

Petaquilla Gold habla

Ante la decisión de la Corte, este medio consultó a Jorge Obón, vocero de Petaquilla Gold. “Tú no puedes dejar de la noche a la mañana sin efecto una ley donde vas a dejar en el limbo la inversión extranjera y la seguridad jurídica. Estamos hablando de 3 mil 500 accionistas”, manifestó.

En tanto, el MICI comunicó que se enteraron de esta decisión a través de los medios, aunque explicaron que una vez tengan el fallo oficial la Dirección de Asesoría Legal procederá con las respectivas evaluaciones.

La misma respuesta brindó el ministro de Ambiente, Emilio Sempris, quien dijo que primero revisaría la decisión de la CSJ.

Como se recordará, en 2016 este ministerio adjudicó una licitación con una oferta de $1.7 millones para drenar 630 mil metros cúbicos de agua de las dos tinas de relave de mina Molejón, debido a que ante las lluvias se podían desbordar y generar contaminación.

(Con información de Juan Díaz).



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