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FCC, España y la saga interminable de corrupción

El Estado panameño debe estar representado en el proceso de FCC, para que no se repita lo de Finmeccanica en Italia y Panamá pierda su derecho como víctima.

FCC, España y la saga interminable de corrupción

El juez Ismael Moreno, de la Audiencia Nacional de España, tiene 64 años de edad y desde 1983 forma parte de la Audiencia Nacional, a la cual entró por carrera judicial después de haber sido policía, tiempo durante el cual aprovechó para estudiar su licenciatura en derecho.

Moreno es un especialista en crímenes de cuello blanco, particularmente de empresas corruptas.

Escribió el libro sobre este tema Delitos societarios: las diferentes figuras delictivas y su aplicación en los tribunales.

Sus detractores y críticos lo caracterizan como un juez conservador y simpatizante del franquismo.

La imputación que suscribió Moreno contra el conglomerado español FCC, actualmente propiedad del magnate mexicano Carlos Slim (quien no era el dueño cuando ocurrieron los hechos), es sumamente seria y puede tener consecuencias económicas significativas.

Los tres delitos del Código Penal español que el juez Moreno consideró infringidos en esta trama de corrupción están tipificados en los artículos 286 (Bis), y 301 y 302.

Las sanciones de penas de prisión combinadas por estos tres delitos podrían alcanzar hasta 15 años. Incluyen tanto a los que pagaron como a los que recibieron. Además, las multas que acompañan a la sanción penal pueden alcanzar el triple del beneficio obtenido por el pago de coimas.

Como pena accesoria, se estipula la inhabilitación especial para ejercer el comercio y, por ende, para contratar con el Estado español. Esta inhabilitación puede ser de hasta cinco años y si en la realización de estos delitos se constata una participación importante de los altos ejecutivos de la empresa, se puede ordenar su cierre temporal o definitivo.

Vale la pena recordar que cuando una empresa es sancionada en un país de la Unión Europea, los demás países también la pueden excluir de sus contrataciones. Ni hablar de lo que bancos multilaterales, como el Banco Mundial o el Banco Interamericano de Desarrollo, pueden hacer también.

Las consecuencias jurídicas de este caso para Panamá y los panameños son múltiples y requieren de una acción rápida por parte del Estado. Panamá no puede perder su derecho a reclamar una indemnización por los daños sufridos, y a exigir la cooperación de los implicados para desmantelar las redes de corrupción que operan en el país.

Si no se hace esto, se repetirá lo del caso Finmeccanica en Italia, en el cual Panamá perdió sus derechos.

Del auto de imputación se desprende que ya ha existido cooperación judicial internacional, especialmente con Suiza. Seguramente, las pesquisas hispanas han contado con intercambio de información de otros países, incluyendo a Panamá.

Nuestro país se enfrenta a una situación concreta con respecto a FCC y a las coimas supuestamente pagadas por el conglomerado.

De probarse el pago cierto de estas coimas por trabajos en Panamá, el artículo 51 de nuestro Código Penal establece que la empresa puede ser sancionada con una multa equivalente al doble del monto de los sobornos. Esta regla se le aplicó a la constructora Odebrecht.

El gobierno de Panamá debe participar en el proceso y procurar que se mantenga el acceso del Ministerio Público a los testigos y partícipes de la organización criminal investigada en España. Esta es una decisión de país y no puede ser secuestrada por la política partidista.

Correspondería al Ministerio de Relaciones Exteriores y al Ministerio Público coordinar el rol de Panamá en el proceso.

Nuestra legislación penal, al igual que la de contrataciones públicas, no impide que la empresa FCC o sus subsidiarias sigan contratando en Panamá.

Respecto al expresidente Ricardo Martinelli, mencionado por los documentos judiciales españoles, se encuentra frente a la situación de que Panamá no extradita a sus nacionales. Sin embargo, si el Ministerio Público así lo considera puede solicitar el consentimiento del gobierno de Estados Unidos, que extraditó a Martinelli en junio de 2018, para aplicar una excepción al principio de especialidad.

Lo afirmado en este análisis no presume ni implica la culpabilidad del expresidente Ricardo Martinelli, quien cuenta con su derecho a un debido proceso y a la presunción de inocencia frente a cualquier mención, declaración o acusación nacional o extranjera.

En cinco días, FCC deberá nombrar a su abogado para ser representada en este proceso en España. Quizás el juez Moreno si consiga que a Panamá se le haga justicia.



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