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Femicidios y la vieja deuda del Estado con las mujeres

A pesar de que Panamá tiene una serie de leyes que apuntan a atender la violencia contra la mujer, el problema persiste.

Femicidios y la vieja deuda del Estado con las mujeres

Aunque Panamá cuenta con legislación enfocada en combatir la violencia contra la mujer, muchas de las políticas públicas incluidas en esas leyes no se han desarrollado.

Mientras tanto, los casos de violencia contra la mujer siguen creciendo. Este año van 13, dos más que los ocurridos para esa misma fecha en 2018.

Según la Ley 82 de 2013, debe existir un albergue para mujeres víctimas de violencia en cada provincia y cuatro en la provincia de Panamá. Además, se ordena la creación de fiscalías especializadas para la investigación de delitos de violencia, así como de juzgados especializados. Estas disposiciones se cumplen a medias.

Tampoco se han implementado medidas de protección a las víctimas –como el brazalete electrónico– dispuestas en la Ley 63 de 2008 y la Ley 82 de 2013.

Este mes, una mujer que tenía una boleta de alejamiento en contra de su agresor fue víctima de femicidio en el corregimiento de Pacora.

Cuando el Estado le falla a la mujer

Los números son contundentes. Desde 2014 hasta la fecha se han contabilizado 123 femicidios en Panamá, según estadísticas del Ministerio Público (MP).

En lo que corresponde a 2019, de enero hasta lo que va de julio se han registrado 13 casos, 2 más que en igual período de 2018.

Este mes, tres mujeres fueron víctimas fatales de la violencia de género, un mal que el Estado no ha logrado erradicar a pesar de contar con la legislación pertinente.

Solo el pasado 11 de julio, el MP comunicó que un jurado de conciencia declaró culpable a Daniel Arturo Escalante y a Delis Janeth Sánchez Vega, padrastro y madre de la víctima, respectivamente, por femicidio doloso o agravado.

La víctima era una menor de edad que, de acuerdo con el MP, se negaba a comer. Su padrastro, Daniel Escalante, le propinó fuertes golpes, lo que le ocasionó vómitos y convulsiones. Falleció en el Hospital del Niño. La Fiscalía Superior de Homicidio y Femicidio de Descarga del Área Metropolitana espera ahora que se defina la dosis de la pena.

Espacios seguros

Jennifer Delgado, directora de Protección de los Derechos de las Mujeres de la Defensoría del Pueblo, destaca que en la lucha contra la violencia a la mujer existen avances, y también acciones pendientes y necesarias para combatir el flagelo.

Por ejemplo, la Ley 82 de 2013, que adopta medidas de prevención contra la violencia en las mujeres, establece la creación de un albergue en cada provincia, como mínimo, para mujeres sobrevivientes de violencia. En Panamá debe haber albergues en Panamá centro, San Miguelito, Panamá este y Panamá Oeste.

El Ministerio de Desarrollo Social, según la ley, es el encargado de garantizarle estos recursos al Instituto Nacional de la Mujer (Inamu). No obstante, actualmente el Inamu solo administra 2 albergues, aunque tiene 14 centros que brindan orientación legal, acompañamiento psicológico y de trabajo social.

Fiscalías especializadas

La misma ley ordena la creación de fiscalías especializadas para la investigación de delitos de violencia contra las mujeres. Al Ministerio Público le corresponde esta responsabilidad.

Mientras, al Órgano Judicial le compete crear juzgados especializados “que conocerán exclusivamente de los delitos de violencia contra la mujer”. Pero en el país este tipo de delitos está a cargo de las secciones especializadas de familia: los delitos sexuales, por las secciones del mismo nombre; y el femicidio, por la Sección de Homicidios y Femicidios.

Medidas de protección

La norma también indica que el MP debe valorar el riesgo que corre la víctima para decidir sobre la aplicación o no de una medida de protección. En varios de los casos de femicidio las mujeres contaban con medidas de protección vigentes.

La Ley 63 de 2008, que adopta el Código Penal, establece 20 medidas de protección que deben ser consideradas por las autoridades. Una de ellas es la utilización de un brazalete electrónico que incluye un receptor para la víctima. Este mantiene al presunto agresor localizado y alerta a la víctima en caso de que se acerque.

Según la ley, si el presunto agresor se aproxima a menos de 200 metros, se ordenará su detención provisional hasta por 30 días.

La utilización del brazalete está pendiente de implementarse. La Defensoría señala que la medida debe ir acompañada de otras acciones, como el acompañamiento psicológico, social y legal que requiere la víctima.

En la Policía Nacional

Otra responsabilidad adquirida con la Ley 82 de 2013 es la creación de una unidad especializada en violencia contra las mujeres. Dicho grupo debe operar desde la Policía Nacional de cada provincia.

En este aspecto, el país ha dado varios pasos: en agosto de 2018 se crearon 190 unidades asignadas al Servicio Policial Especializado, que están distribuidas en todo el país. No obstante, la Defensoría del Pueblo considera que se debe ampliar este personal, debido al volumen de los delitos. Solo en 2018, de acuerdo con el MP, se registraron 18 mil 611 casos de violencia doméstica.

Educación sexual

La Dirección de Protección de los Derechos de las Mujeres también considera que el Estado mantiene una deuda en materia de prevención, pues no se ha implementado la educación en sexualidad establecida como obligatoria en más de cuatro leyes. Jennifer Delgado, de esta entidad, manifiesta que esta es una de las medidas más efectivas para impactar en el cambio de mentalidades que perpetúa la violencia contra las mujeres.

Una voz experta

Joyce Araujo, especialista en derechos humanos y género, advierte que se han aprobado leyes y políticas públicas cuyo cumplimiento ha sido bajo o nulo, y cita la Ley 29 de 2002, que garantiza la salud y la educación de la adolescente embarazada, la cual aborda el tema de manera integral, incluida su permanencia en el sistema educativo.

Sostiene Araujo que existe una deserción escolar importante de adolescentes embarazadas, lo que agudiza y perpetúa los ciclos de pobreza. Apunta, además, que el primer pendiente que tiene el Estado con los femicidios es el cumplimiento de las leyes que ya se han aprobado, como la Ley 4 de 1999, disposición que propone aumentar el presupuesto estatal para atender la violencia doméstica, así como redefinir las políticas de salud con enfoque de género.

 

Condenas y reportes

Por femicidio: de 25 a 30 años

Violencia psicológica: de 5 a 8 años

Violencia económica: de 5 a 8 años

Para reportar casos:
El Ministerio Público (MP) puso a disposición del público el número de teléfono 524-2345 para reportar casos de violencia contra la mujer.

En redes sociales el MP emite la campaña #NoTeQuedesCallado #Denúncialo.



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