La Corte del Distrito de Columbia, Estados Unidos (EU), desestimó una demanda presentada por el comerciante Abdul Waked contra John E. Smith, quien hasta finales del año pasado fungió como director encargado de la Oficina de Control de Activos en el Extranjero (OFAC, por sus siglas en inglés), del Departamento del Tesoro estadounidense.
En una decisión adoptada el pasado 7 de abril, la jueza Colleen Kollar-Kotelly consideró que la OFAC no violó el debido proceso al incluir a Waked en la lista Clinton de actividades ligadas al lavado de dinero y el narcotráfico, y que se le notificó de este hecho conforme a los procedimientos administrativos establecidos.
La demanda fue presentada por Waked, su hijo Mohamed Abdo Waked Darwich (alias Hamudi) y su abogada Lucía Touzard Romo. Los tres fueron incluidos en la lista Clinton el 5 de mayo de 2016, junto con Nidal Waked —sobrino de Abdul— y 68 sociedades anónimas identificadas como parte de la denominada The Waked Money Laundering Organization (Waked MLO). La OFAC señaló a Abdul y Nidal Waked como cabecillas de la organización y, por tanto, “specially designated narcotics traffickers” (“SDNT’s”). Nidal está actualmente preso en Florida, donde enfrenta cargos por supuesto lavado de dinero y fraude bancario.
Estados Unidos prohíbe que sus ciudadanos y empresas mantengan relaciones comerciales o financieras con las entidades listadas.
Abdul Waked, empresario de origen libanés, siempre ha clamado su inocencia. Contrató un abogado en Estados Unidos y en reiteradas ocasiones se ha quejado públicamente porque —según él— la OFAC no le muestra las pruebas en su contra.
En un juicio sumario —como el entablado por Waked contra el exdirector de la OFAC— las partes no entran en disputa en cuanto a la concurrencia de los hechos. En este caso, Waked pretendía que le retiraran los cargos mediante juicio sumario, bajo el supuesto de que la OFAC actuó fuera de la ley y/o abusando de su autoridad.
Eso no es lo que parece indicar la jueza Kollar-Kotelly. En su fallo del pasado viernes, la jueza deja constancia de que la OFAC atendió los reclamos de Waked en, por lo menos, cinco oportunidades. La primera el 8 de junio de 2016, en atención a un pedido de reconsideración presentado el 24 de mayo, 19 días después de la designación de Waked como “SDNT”. La solicitud fue denegada porque —según la OFAC— no se aportó material probatorio que sustentara por qué la decisión debía ser revocada.
Igualmente, a requerimiento de Waked, el 5 y 18 de julio pasado la OFAC proporcionó información del expediente administrativo seguido a Waked MLO. Entonces se le comunicó que se le facilitaría más información conforme esta fuera desclasificada, lo que ocurrió el 26 de agosto y el 28 de octubre.
Aunque la jueza reconoce que la OFAC podría no haber facilitado toda la información a la que Waked tendría derecho, advierte que eso no es causal para que el reclamante no presente todas las pruebas que refutarían su inclusión en la lista Clinton, una oportunidad que —según la Corte— se le ha ofrecido de manera amplia.
“La Corte determina que los demandantes han tenido oportunidad de ser escuchados conforme al debido proceso… Contrario a lo que sostienen los demandantes, la Corte no encuentra elementos en el presente expediente de que la OFAC no haya seguido sus propios reglamentos y procedimientos”, señala el fallo.
La jueza también deja constancia de que la OFAC ha suministrado “información sustancial” a través de comunicados de prensa y resúmenes en los que se refiere a Waked MLO como una organización que empleaba “esquemas de lavado de dinero utilizando facturas comerciales falsas, contrabando de dinero y otros métodos para lavar fondos de narcotraficantes internacionales”.
“Lucía Touzard Romo —según uno de los informes de la OFAC— fue una de las dos abogadas que prestó sus servicios a Waked MLO, incluyendo la incorporación de sociedades, y [Hamudi] Waked Darwich gestionó tiendas libre de impuestos y operaciones de bienes raíces, que los comunicados de prensa indican que fueron utilizadas para lavar dinero”, y específicamente apunta a la cadena de tiendas libre de impuestos La Riviera —con operaciones en el Aeropuerto Internacional de Tocumen y otras terminales de la región— y el grupo Wisa, S.A.
En el fallo también se recoge información de la OFAC que apunta a que la organización se remonta a mediados de la década de los años de 1980, cuando prestó sus servicios al cartel de Medellín y posteriormente al cartel de Sinaloa. Grupo Wisa y Vida Panamá—propiedad de la familia de Nidal Waked— habrían depositado dinero procedente de la droga en bancos panameños, y gestionado facturas comerciales para justificar los depósitos. Las tiendas de La Riviera en Tocumen —según documentos oficiales— habrían sido utilizadas por Abdul Waked para “lavar millones de dólares procedentes de la droga”.
“Las organizaciones de narcotraficantes transportan efectivo en maletas a bordo de vuelos comerciales en el aeropuerto de Tocumen, entregan el efectivo en las tiendas de La Riviera y sobornan a funcionarios del aeropuerto”, describió la OFAC en un informe de octubre pasado.
En ese mismo informe —citado ampliamente en el fallo de Kollar-Kotelly—, la OFAC informó a los demandantes de los hechos ilícitos a los que están vinculados, “y cómo, dónde y por cuánto tiempo supuestamente participaron en esas actividades de lavado de dinero”.
“Si los demandantes deciden refutar estas alegaciones, podrían por ejemplo facilitar a la OFAC una auditoría independiente de las actividades y transacciones de sus negocios”, señala Kollar-Kotelly.
La jueza finalmente advierte que si la OFAC suministra más detalles de sus diligencias a los demandantes, “esto podría ser suficiente para poner en riesgo investigaciones en curso”.
(El fallo de la jueza Colleen Kollar-Kotelly de la Corte de Distrito de Columbia, está disponible en www.prensa.com).