La juez decimotercera penal Alina Hubiedo decretó el archivo de la denuncia que interpuso en enero del año pasado el abogado Guillermo Cochez por la presunta comisión de delitos contra la administración pública, atribuidos al expresidente Martín Torrijos Espino y Benjamín Colamarco, y otros por las posibles coimas pagadas por Odebrecht en la construcción de la cinta costera 1.
En un fallo del 20 de diciembre de 2017, la juez acoge una solicitud del Ministerio Público que, mediante vista fiscal del 22 de junio de 2017, recomendó el archivo de este sumario, toda vez que la Fiscalía Especial Anticorrupción “tramitaba una investigación por los mismos hechos” denunciados por Cochez.
Según la juez, “lo procedente es acoger la recomendación fiscal, en el sentido de ordenar el archivo del sumario, al existir una investigación instaurada por los mismos hechos, la cual es adelantada por la Fiscalía Especial Anticorrupción” y en la cual pudiera involucrarse o no a Torrijos y a Colamarco.
La juez invocó entre sus argumentos el artículo 1945 del Código Judicial, el cual indica que “nadie puede ser perseguido penalmente más de una vez por los mismos hechos aunque se modifique su calificación o se afirme nuevas circunstancias”.
Destacó que el artículo 32 de la Constitución contempla la prohibición del doble juzgamiento, además indica que esta norma es desarrollada en el artículo 8 de la Convención Americana de los Derechos Humanos, la cual fue ratificada por Panamá y respaldada por fallos de la Corte Suprema de Justicia.
