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Juez anula imputación de exfuncionarios en el proceso de las juntas comunales

Juez anula imputación de exfuncionarios en el proceso de las juntas comunales

El Juzgado Quinto Penal dejó sin efecto la orden de indagatoria contra Roberto Espinoza, Reynaldo Badoya y Gladys Cedeño, dentro del proceso que adelanta la Fiscalía Anticorrupción de Descarga por el caso de las juntas comunales del país.

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Espinoza y Badoya eran funcionarios de la Dirección de Presupuesto de la Nación (Diprena), mientras que Cedeño dirigió la Diprena entre septiembre de 2012 y octubre de 2013 y, seguidamente, fue designada viceministra de Economía hasta mediados de 2014.

“De las situaciones se evidencia una mala administración de los caudales públicos trasladados a través de transferencias sin justificación de necesidad”.


Fiscal Adecio Mojica

En el fallo del 21 de mayo de 2019, el juez Enrique Paniza argumentó que la existencia del hecho punible no se encuentra acreditada, toda vez que - como lo dejaron plasmado los auditores del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) en su informe interno- no se puede determinar que exista lesión patrimonial, ya que este dictamen es competencia exclusiva de la Contraloría General de la República.

“Este tribunal es del criterio de que en el delito de peculado por malversación de fondos, que es el tipo penal que la fiscalía del caso le endilga a los prenombrados, constituye por su naturaleza que exista una lesión patrimonial”, agregó.

El fiscal Adecio Mojica, en un escrito de oposición contra los incidentes presentados por los abogados de los exfuncionarios, señaló que la Contraloría sí realizó unas auditorías que probaban una lesión patrimonial.

“En los referidos ‘áuditos’ se adjuntaron las notas a través de las cuales los funcionarios de la Diprena aprobaron la asignación de los fondos y remiten las gestiones de cobro hacia las juntas comunales, las cuales se observan suscritas, entre otros, por Bedoya y Espinoza, en calidad de subdirectores de Diprena”, indicó el fiscal.

En el caso de Cedeño, Mojica señaló que “es un hecho cierto y probado dentro de la presente causa que se ha determinado una lesión patrimonial al erario público y que dichos dineros eran autorizados para ser transferidos sin justificación por parte de Cedeño Urrutia”.

“Si no se hubiesen transferido, tomando como limitante la falta de justificación, luego entonces no se hubiese generado dicha lesión patrimonial”, agregó.

La Contraloría detectó una posible lesión patrimonial de $247 millones en 157 juntas comunales y municipios.



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